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El Supremo anula sanciones millonarias en Repsol y Cepsa porque el procedimiento ha caducado

La CNMC consideraba que las empresas habían llegado a intercambiarse información estratégica de estaciones de servicio

El atraco se ha producido pasadas las cuatro de la tarde en una gasolinera de Cunit.

Buscan a un hombre que habría atracado una gasolinera de CunitGoogle Maps

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El Tribunal Supremo ha anulado dos resoluciones de la Comisión Nacionalde los Mercados y la Competencia del 2015 que imponía sanciones de 20 millones de euros a Repsol y de 10 millones de euros en Cepsa al considerar que las dos multinacionales habían llegado a acuerdos de coordinación, pactos de no agresión e intercambios de información estratégica entre estaciones de servicios entre los años 2011 y 2013. Concretamente, la Sala del Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha apreciado la «caducidad del procedimiento» y ha dejado las sanciones sin efecto. En dos sentencias, el alto tribunal estima así los recursos de las compañías donde alegaba que se excedió los 18 meses que fija la Ley de defensa de la competencia.

Este es el plazo establecido para finalizar el procedimiento desde la fecha de incoación del expediente, contando los 26 días con que estuvo suspendido por haberse hecho el trámite e la remisión de información a la Comisión Europea. Según el alto tribunal, una vez declarada al caducidad del procedimiento, el Supremo no entra, por innecesario, en el resto de argumentos planteados por las dos compañías contra los acuerdos y argumentos de la Comisión.

Por otra parte, las dos sentencias el Tribunal Supremo anulan las dictadas previamente por la Audiencia Nacional que consideraron que los procedimientos de la Comisión no habían caducado, aunque estimaban parte de los recursos de Repsol y Cepsa al considerar que se tenían que calcular tomando en consideración el volumen de negocios del 2014 y no del 2013, como se había hecho.

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