Sociedad
Ya se puede solicitar la nueva ayuda de la Agencia Tributaria de 200 euros
La ayuda se percibe en un pago único y hay que pedirla antes del 30 de septiembre
La Agencia Tributaria ya ha puesto en marcha el proceso para solicitar la nueva ayuda de 200 euros, que va dirigida a las personas físicas con bajo nivel de ingresos y patrimonio. La ayuda se percibe en un pago único y hay que pedirla antes del 30 de septiembre.
Para poder pedirla se tendrá que cumplir una serie de requisitos y, dentro de un plazo, rellenar el formulario y enviar la solicitud a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.
¿Quién la puede pedir?
Para poder recibir esta ayuda hace falta:
- Ser una persona física que en la fecha de 27 de junio de 2022 realice una actividad por cuenta propia o ajena, dada de alta en la Seguridad Social o mutualidad o ser una persona parada e inscrita en la oficina de empleo, sean beneficiarios o no de la prestación o subsidio por desempleo.
- El año 2021, no haber recibido ingresos superiores a 14.000 euros.
- Tener un patrimonio inferior a 43.196,40 euros.
- Tener residencia legal y efectiva en España y haberla tenido de manera continuada e ininterrumpida durante al menos el año inmediatamente anterior.
- No haber percibido el ingreso mínimo vital, o pensiones abonadas por el régimen general y los regímenes especiales de la Seguridad Social o por|para el régimen de clases pasivas del Estado.
- Tampoco se tiene que haber recibido prestaciones reconocidas a los profesionales no integrados en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos por las mutualidades de previsión social que actúen como alternativas al régimen especial de la Seguridad Social mencionado, siempre que se trate de prestaciones por situaciones idénticas a las previstas para la correspondiente pensión de la Seguridad Social.
Como pedirla
Los ciudadanos que quieran pedir esta ayuda, lo tienen que hacer a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, entrando en este
ENLACE
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Habrá que rellenar el formulario electrónico, con plazo hasta el próximo 30 de septiembre de 2022, y en qué, necesariamente, tendrá que figurar la cuenta bancaria donde se quiera que se haga el abono.
Para hacer la solicitud por esta vía hace falta registrarse con cl@ve o, bien, hacer la solicitar hacerlo por videollamada, desde la misma opción. Finalmente, se puede pedir cita previa con el objetivo de hacer el trámite a una de las oficinas de la Agencia Tributaria.