Sucesos
El jurado popular declara culpable de asesinato con alevosía al acusado de matar Janet Jumillas en Cornellà en 2019
El veredicto por unanimidad no se cree la versión exculpatoria del hombre ni que fuera drogado
El jurado popular ha declarado por unanimidad culpable de asesinato con alevosía al acusado de matar Janet Jumillas en Cornellà de Llobregat en marzo del 2019. Los jurados consideran que Aitor G.P. apuñaló a la mujer en el domicilio de él con varias puñaladas en la zona cervical y otras partes del cuerpo, limpió el piso y se deshizo del cuerpo, que dos meses después apareció enterrado en un descampado del Prat de Llobregat. Así, los miembros del tribunal popular no se han creído la versión del acusado, que dijo que habría sido otro hombre, desconocido, quien apuñaló a la mujer en su casa e hizo desaparecer el cadáver. Tampoco han considerado que tuviera las facultades alteradas por el consumo de drogas. La fiscalía ha pedido 19 años de prisión.
Las pruebas que han tenido en cuenta han sido la coincidencia de la ubicación de los dos teléfonos móviles en el lugary momento del crimen y también en el trayecto desde casa el acusado hasta el descampado donde fue enterrado el cuerpo en el Prat de Llobregat. También han recordado que se encontraron restos de sangre de la víctima en el piso del acusado y que los Mossos d'Esquadra vieron cómo el acusado tiraba en un contenedor objetos y trapos que había utilizado para limpiar la sangre. Además, no encuentran ningún indicio o testigoque ratifique la versión exculpatoria del acusado, que durante el juicio aseguró que otro hombre y una mujer desconocidos aparecieron de golpe en su piso cuando él entraba con Jumillas, le dieron un golpeenla cabezaa él y le exigió dinero. Cuandovolvió después de ir a buscar el monedero en el coche, ni Jumillas ni los dos desconocidos eran en elpiso, pero sí que había mucha sangre en el suelo.
Tampoco consideran probado que el motivo del crimen fuera una supuesta exigencia de una deuda que el acusado tenía con la víctima porla compra-venta de droga y que el acusado hubiera actuado alterado por esta exigencia. Asimismo, tampoco ven probado que el acusado tuviera las facultades intelectivas alteradas grave o levemente porel efecto del consumo continuado de drogas. El tribunal popular considera que no hay pruebas de esta afectación, tal como dijeron varios peritos forenses durante el juicio. Finalmente, el jurado se ha mostrado contrario a suspender la pena o a conceder el indulto al acusado.
Una vez leído el veredicto, fiscalía y acusación particular han reiterado sus peticiones de pena, de 19 años de prisión, en el caso del ministerio público, recordando que el acusado no ha colaborado con la justicia, no ha pedido perdón a la familia y no dijo donde estaba enterrada la víctima, cosa que provocó un sufrimiento mayor a la familia durante varias semanas. La defensa, por su parte, ha pedido a la magistrada presidenta la pena mínima posible según el veredicto, teniendo en cuenta el atenuante de dilaciones indebidas. También ha dicho que la reclamación de indemnizaciones por parte de la familia es exagerada, ya que no han quedado probados, según el abogado, los estrechos vínculos entre la víctima y sus parientes más próximos.