Judicial
Llarena elimina la sedición en Puigdemont y el resto de exiliados
El juez les mantiene la malversación, la desobediencia o los dos
El juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena ha emitido un auto donde actualiza los escritos de procesamiento contra el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont, los exconsellers Comín, Puig y Ponsatí y la secretaria general de ERC, Marta Rovira. En su escrito, el juez aplica la derogación de la sedición, pero mantiene el procesamiento de Puigdemont, Comín y Puig por malversación y desobediencia. Llarena entiende que no puede atribuir a ninguno de los encausados el nuevo delito de desórdenes públicos porque no encaja con los hechos. Con respecto a Marta Rovira y Clara Ponsatí, pasan a estar encausadas sólo por desobediencia. El magistrado no cree que se les pueda aplicar el delito de desórdenes públicos y de momento no emite euroórdenes.
El juez actúa en esta dirección sólo horas después de la entrada en vigor del nuevo Código Penal que deroga el delito de sedición que utilizaba de base para las euroórdenes contra los líderes del proceso exiliados.
El magistrado considera que una vez derogado el delito de sedición, los hechos se pueden subsumir ahora en un delito de desobediencia, porque considera que no encajan tampoco en el nuevo delito de desórdenes públicos agravados.
En todo caso, Llarena mantiene el procesamiento de Puigdemont, Comín y Ponsatí por un delito de malversación. En su escrito ya apunta que considera que la reforma introducida al Código Penal no afecta a los hechos investigados en el sentido de eliminar o rebajar la pena prevista.
En este sentido, descarta que se pueda aplicar los tipos penales atenuados de malversación, porque a su entender sólo se podrían tener en cuenta si Puigdemont, Comín y Puig hubieran dispuesto «temporalmente» de los recursos públicos «con intención de devolverlos posteriormente».
Además de eliminar la sedición, el juez deja sin efecto las euroórdenes y las órdenes estatales e internacionales de detención que tenían como base el supuesto delito de sedición, y comunicará este cambio también en los órganos judiciales de Bélgica e Italia.
En cambio, emite una nueva orden estatal de búsqueda y captura e ingreso en prisión de Puigdemont, Comín y Puig por los delitos de malversación y desobediencia.
Con respecto a Marta Rovira y Clara Ponsatí, ahora sólo acusadas de desobediencia, dicta orden de detención para hacerlas declarar.
Con respecto a posibles nuevas euroórdenes contra Puigdemont, Comín y Puig, Llarena pospone la decisión hasta que el Tribunal General de la Unión Europea decida sobre una eventual retirada de la inmunidad parlamentaria en Puigdemont y Comín.
Critica la reforma del Código Penal
Llarena aprovecha el auto para criticar la reforma del Código Penal y la derogación de la sedición. Asegura que contrariamente a lo que constaena la exposición de motivos de la reforma, las penas para el delito de sedición eran perfectamente homologables en las del entorno europeo.
Según Llarena, independientemente de la denominación que cada estado hace de los hechos, «su carácter delictivo» de las actuaciones de los encausados «es incuestionable a todos los países de nuestro entorno».
De esta manera, afirma que en Alemania o Francia estarían penados con penas de hasta prisión perpetua, mientras que en Italia sería como mínimo 12 años de prisión, y en Bélgica entre 20 y 30 años.