Deniegan la expulsión de uno de los condenados por los atentados del 17-A porque la pena todavía no es firme
Said Ben Iazza fue condenado por dejar una furgoneta y documentación a los terroristas mientras preparaban los explosivos en Alcanar
La Audiencia Nacional ha denegado la expulsión de España de Said Ben Iazza que pedía la Comisaría General de Extranjería y Fronteras con el argumento que la condena de ocho años de prisión por los atentados del 17 de agosto del 2017 en la Rambla de Barcelona y Cambrils todavía no es firme.
Ben Iazza está condenado por un delito de colaboración con organización terrorista en una sentencia recurrida ante la sala segunda del Tribunal Supremo. El 25 de abril se pidió la expulsión del condenado del país en el marco de un expediente sancionador incoado contra él por la Secretaría de Estado de Seguridad como participante en actividades contrarias a la seguridad nacional. Tanto la Fiscalía, como las acusaciones como las defensas se oponían a la expulsión.
Said Ben Iazza fue condenado a ocho años de prisión, dieciocho años de inhabilitación y cinco de libertad vigilada. El tribunal estipula que dado que la sentencia todavía no es firme, la eventual sanción administrativa de expulsión no podría ser ejecutada. Contra la decisión está la posibilidad de presentar un recurso de súplica en el plazo de tres días.
Hay que recordar que la Audiencia Nacional condenó al joven, que trabajaba en una carnicería de Vinaròs, por haber dejado una furgoneta y su documentación a los terroristas de Ripoll mientras preparaban los explosivos en un chalet de Alcanar. Ben Iazza está en libertad provisional desde septiembre del 2021 ya que había cumplido el máximo de prisión preventiva, cuatro años, la mitad de su pena.