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Condenan el ICS por la muerte de una persona durante el traslado a Barcelona por|para el cierre de la unidad cardiaca en Tarragona

Los hechos ocurrieron en el 2014 cuando el servicio de hemodinámica no operaba en aquel horario

Plan general del acceso principal al Hospital Joan XXIII de Tarragona, con el rótulo con el nombre del centro.

Condenan el ICS por la muerte de una persona durante el traslado a Barcelona por|para el cierre de la unidad cardiaca en TarragonaACN

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El TSJC ha condenado el Instituto Català de la Salut (ICS) por la muerte de una persona atendida por infarto durante el traslado del paciente del hospital Joan XXIII de Tarragona al de Bellvitge, porque la unidad cardiaca de hemodinámica se encontraba cerrada en aquel horario. Los hechos ocurrieron el 25 de diciembre de 2014 cuando un hombre de 76 años fue atendido al servicio de urgencias del Joan XXIII.

Después de varias pruebas y de activar el protocolo por infarto, unas horas más tarde, la persona fue derivada en ambulancia en Barcelona donde murió a la altura del Vendrell. La magistrada considera que hubo una «actuación negligente» y se hizo en «retraso». El ICS tendrá que indemnizar económicamente a la familia de la víctima.

La sentencia apunta que el paciente llegó entre las seis y las siete de la tarde y tendría que haber sido ingresado en la unidad de hemodinámica para hacer una angioplastia antes de las ocho de la noche, cuando el servicio se cerraba, porque ya se había hecho el electrocardiograma. También señala que la persona fue atendida con retraso ya que los médicos primero lo trataron como si sufriera un edema agudo pulmonar a causa de la dificultad para respirar y un dolor torácico abdominal.

La resolución judicial llega casi nueve años después de los hechos. En el 2015, después de varias protestas, el servicio de hemodinámica del hospital Joan XXIII pasó a ser de 24 horas.

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