Diari Més

Judicial

Una sentencia obliga el CatSalut a devolver a un paciente el coste de una reconstrucción de colon hecha a la sanidad privada

Considera que lo tiene que asumir el sistema público porque es un caso «de asistencia sanitaria urgente y vital»

La Ciudad de la Justicia.

Localizan a la anciana que había sido raptada por su hijo en unos trámites en la Ciudad de la JusticiaWikipedia

Publicado por

Creado:

Actualizado:

El juzgado de lo social número 21 de Barcelona ha condenado al Servicio Catalán de Salud a abonar 34.400 euros a un paciente que tuvo que pagar esta cantidad para que un hospital privado le hiciera una reconstrucción de colon y le retirara la bolsarecolectora externa que llevaba. Los hechos pasaron el año 2020 y el hombre tuvo que recurrir a la sanidad privada después de que el CatSalut desaconsejara esta intervención y considerara «que no se podía hacer nada más para mejorar su situación». La sentencia apunta que no era cierto que hubieran finalizado todos los tratamientos y operaciones para alcanzar el cuidado y ha remarcado que el caso se ajusta a los supuestos «de asistencia sanitaria urgente y de carácter vital» contemplados al Sistema Nacional de Salud.

De acuerdo con la sentencia, al demandante se le practicó una colostomía en agosto del año 2018 como consecuencia de la cual se le aplicó una bolsarecolectora que le tenía que ser retirada a los pocos meses, cuando finalizara el tratamiento de reconstrucción del colon. En febrero de 2019, sin embargo, una primera intervención de retirada de la bolsaacabó sin éxito y cuatro días después, tuvo que ser intervenido nuevamente a causa de una peritonitis aguda. El equipo médico responsable del tratamiento en el Hospital Parco Sanitari de Sant Joan de Déu le comunicó que no procedería a retirarle la bolsaal considerar que una nueva operación «era del todo desaconsejada»y que «no se podía hacer nada más para mejorar su situación». El centro sanitario informó al afectado de que tenía que aceptar convivir de por vida con una bolsade forma permanente, aunque desde el principio se le había informado del carácter provisional.

Ante la negativa del hospital a facilitar que el demandante pudiera acceder a una segunda valoración y opinión de un profesional del servicio público de salud, este acudió a la sanidad privada donde un segundo equipo de especialistas consideró que se podía revertir la situación.

Así, en noviembre de 2020, el afectado se sometióa una nueva intervención quirúrgica, en este caso en el Hospital Quirón de Barcelona donde le retiraron la bolsa «con buena evolución». Todo permitió que el hombre pudiera reincorporarse a su puesto de trabajo y tener una vida normalizada.

Asistencia sanitaria urgente y de carácter vital

El escrito relata que en diciembre de 2021, el Servicio Catalán de Salud denegó la solicitud de reembolso del gasto de más de 34.400 euros al considerar que la solicitud no se ajustaba «a los supuestos de asistencia sanitaria urgente, inmediata y de carácter vital»contemplados a la norma reguladora de la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud. Esta es una regulación que establece la obligación del sistema público de salud de abonar los gastos derivados de tratamientos y asistencia médica privada cuando se acredite que no ha sido posible hacer uso de la sanidad pública en relación a los mencionados supuestos de urgencia y carácter vital.

La sentencia del juzgado de lo social 21 de Barcelona hace referencia a la jurisprudencia previa del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) que afirma que «la expresión urgencia vital no tiene que limitarse a cuandose encuentre en peligro la propia existencia» sino también cuandoesta urgencia «influya en algún daño irreparable a la integridad física y siempre que exista imposibilitado de resolverlo con la misma urgencia por los servicios que con esta finalidad tenga establecida la Entidad Gestora».

En este sentido, considera acreditado que el caso sí se ajusta a la normativa y que el CatSalut tiene que abonar el importe demandado. También recuerda que la negativa de la sanidad pública tuvo un impacto en «el efecto anímico y emocional» del paciente, que le suponía reconocer que se vería obligada a llevar toda la vida la bolsaexterna, con 59 años de edad. Además, la resolución remarca que este hecho también perjudicaba su actividad social, familiar y laboral y le causaba dolores y molestias que lo impedían la reincorporación en el trabajo.

tracking