Diari Més

Judicial

La fiscalía recurre contra la investigación en Laporta pel 'caso Negreira' porque cree que los hechos prescribieron en 2020

El ministerio público dice que no puede atribuirse a Laporta un delito de soborno por lo que hicieron Rosell y Bartomeu después

Joan Laporta, presidente del Fútbol Club Barcelona, en la presentación del nuevo sistema de vigilancia del espacio aéreo en el Spotify Camp Nou.

El juez del 'caso Negreira' incorpora a Joan Laporta como investigado a la causa por soborno y otros delitosACN

Publicado por

Creado:

Actualizado:

La fiscalía ha presentado un recurso contra el auto del juzgado de instrucción número 1 de Barcelona que decidía investigar al presidente del FC Barcelona, Joan Laporta, en el llamado 'caso Negreira' de supuesto soborno al colectivo arbitral. En su escrito, el ministerio fiscal considera que cualquier hecho que Laporta llevara a cabo en su primer mandato, del 2003 al 2010, ya estaría prescrito, porque la querella se presentó más de diez años después, en2023, y, encima, no iba dirigida contra él.

Por la fiscalía, el inicio del cómputo del plazo de prescripción empezó cuando dejó la presidencia, en 2010. El magistrado instructor consideraba que el delito continuado de soborno no prescribía hasta los 15 años, pero el fiscal dice que no tiene sentido perseguir Laporta porlo que hicieron los dos presidentes que lo sucedieron, Sandro Rosell y Josep Maria Bartomeu. Tampoco Rosell tendría que responder porlo que hizo Bartomeu después de él, concreta la fiscalía.

En un auto del octubre pasado, el juzgado de instrucción número 1 de Barcelona va decidido investigar Laporta porlos delitos de soborno o alternativamente corrupción deportiva, por administración desleal y por falsedad en documento mercantil. El juez también investigará a todas las personas que fueron miembros de la Junta Directiva del Barça durante el mandato de Laporta entre2008 y 2010 o que estuvieran integradas en el organigrama del club y tuvieran una responsabilidad efectiva en la tomade la decisión de efectuar los pagos presuntamente ilícitos al exárbitro José María Enríquez Negreira y a su hijo.

En su auto, el magistrado argumentaba que la Federación Española de Fútbol, según consideró el año pasado la Audiencia de Madrid, es una entidad jurídico-pública, aunque su funcionamiento interno sea de entidad privada para facilitar la gestión. También recuerda que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea consideró lo mismo sobre la Federación Italiana de Fútbol. Por eso, ya argumentó hace semanas que el delito de corrupción deportiva podría ser en realidad un delito de soborno relacionado con funcionarios públicos.

Por la prescripción de este y otros delitos que afectan aNegreira y su hijo, situada en los 15 años, la investigación se puede remontar al 2003, ya que la última factura cobrada es de 2018. Con respecto a los directivos del Barça, la prescripción es de 10 años, y eso sitúa el inicio de los hechos investigados en 2008, cosa que afecta a la primera presidencia de Laporta, según el magistrado.

tracking