Diari Més

Elecciones 12-M

Este jueves es el último día para hacer efectivo el voto por correo en las elecciones del 12-M

El elector tiene que ir personalmente a cualquier oficina de Correos

Un carter de Correus entrega els vots per correu.

Un cartero de Correos entrega los votos por correo.ACN

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Este jueves 9 de mayo acaba el plazo para que las personas que hayan solicitado el voto por correo vayan a una oficina de Correos para ejercerlo. Inicialmente el plazo acababa el 8 de mayo pero se amplió un día más.

El elector tiene que ir personalmente a cualquier oficina e identificarse con el DNI, el pasaporte, el permiso de conducir o cualquier otro documento válido que permita identificarlo. Los documentos pueden estar caducados, pero tienen que ser originales. Desde Correos, el elector tiene que enviar la documentación como correo certificado dirigido a la mesa electoral. Un envío que es gratuito.

Si el votante no puede ir personalmente a la oficina de Correos, puede autorizar a otra persona mayor de edad para que lo haga en nombre suyo. La autorización tiene que estar firmada por el votante y se tiene que acompañar de una fotocopia del DNI, el pasaporte u otro documento oficial que identifique al votante.

Durante el día de la votación, el domingo, Correos entregará los votos a las mesas electorales. Y una vez cerrados los colegios, los votos por correo se introducirán en la urna para poder empezar el escrutinio.

La solicitud previa

Les personas que querían votar por correo tenían hasta el 2 de mayo para hacer la solicitud del voto por vía telemática o presencialmente en una oficina de Correos. Posteriormente, la Oficina del Censo Electoral ha enviado por correo certificado, a la dirección indicada en la solicitud, un sobre con toda la documentación para poder votar. El día máximo para hacer el envío era el 5 de mayo y a este plazo hay que añadir el tiempo que tarda el correo a llegar al domicilio.

Como se trata de un correo certificado, el elector tiene que recibir personalmente esta documentación, habiendo acreditado previamente la identidad. En caso de que la persona no se encuentre a la dirección en el momento con que llega la documentación, se tendrá que presentar en la oficina de Correos correspondiente.

La documentación incluye, entre otros, todas las papeletas de las candidaturas que se presentan y los sobres para votar.

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