El TSJC ordena a las policías locales custodiar las urnas de los ayuntamientos
La jueza Mercedes Armas ha decidido mantener la orden de la Fiscalía de custodiar el material electoral
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha ordenado a las policías locales y guardias urbanas custodiar el material electoral propiedad del Estado que guardan en sus depósitos los ayuntamientos, principalmente urnas que se usan en los procesos electorales.
En un acto, la jueza del TSJC que investiga la querella contra el Gobierno para convocar el referéndum, Mercedes Armas, acepta la petición de la Fiscalía para que se mantenga vigente el orden que el ministerio público dictó el miércoles pasado a las policías locales de Cataluña para que impidieran que las urnas del Estado fueran usadas para el 1-O.
El mismo día en que la Fiscalía dio aquella orden para las policías locales, el TSJC dictó un auto en el cual asumió el control del operativo para impedir el 1-O e instó el ministerio público a cesar en sus actuaciones e instrucciones relacionadas con el referéndum suspendido por el Constitucional.
A pesar de las dudas jurídicas sobre si la orden de Fiscalía de custodiar el material electoral del Estado seguía vigente, las policías locales de Barcelona y de Tarragona tienen bajo control desde ayer las urnas pertenecientes al Estado que se guardan en los depósitos municipales.
La Fiscalía solicitó ayer a la jueza del TSJC que mantuviera su orden de custodiar el material electoral, una petición que la magistrada ha aceptado hoy, al considerarlo «del todo oportuno» para impedir que las urnas puedan ser utilizadas para el referéndum.
La magistrada establece que serán los mandos de los Mossos D'Esquadra los que transmitan la orden de custodiar el material electoral a las policías locales, guardias urbanas y policías municipales de Cataluña.
En su acto, la magistrada se remite a varios artículos de la ley que «relaciona los cometidos» de las policías locales como policía judicial, cosa que fue cuestionada por un informe jurídico que encargaron la Associació de Municipis per la Independència (AMI) y la Associació Catalana de Municipis (ACM).
El informe de estas asociaciones independentistas, que se hizo llegar a los ayuntamientos catalanes, mantiene que las policías locales no constituyen policía judicial en sentido estricto, según un acuerdo que se adoptó en el 2015 a la Comisión Nacional de Coordinación de la Policía Judicial, por|para lo que según su opinión la Fiscalía no podía ordenarles que impidieran el 1-O.
La resolución del TSJC puede ser recurrida, aunque eso no implicaría la suspensión del orden dictada por el magistrado.