Trapero, Sànchez y Cuixart, citados a declarar por sedición por las concentraciones del 20 de septiembre
La jueza Carmen Lamela los tomará declaración como investigados el viernes
La jueza de la Audiencia Nacional Carmen Lamela ha citado el viernes a declarar al mayor de los Mossos D'Esquadra, Josep Lluís Trapero, la intendente del cuerpo Teresa Laplana, y los presidentes de la ANC, Jordi Sánchez, y de Òmnium Cultural, Jordi Cuixart. Lo harán en condición de investigados por la causa abierta por sedición después de las concentraciones de Barcelona del pasado 20 y 21 de septiembre, cuando la Guardia Civil hizo 41 registros y detuvo 14 cargos del Gobierno para desmontar el referéndum. El pasado 27 de septiembre, la jueza admitió a trámite la denuncia que presentó la fiscalía por estos hechos. Lamela argumentaba que los hechos encajaban con la definición del delito de sedición (que comporta penas de prisión de 4 a 15 años) para considerar que hubo un «alzamiento tumultuario» dirigido a «impedir por la fuerza o fuera de las vías legales la aplicación de las leyes o la actuación de las autoridades».
La jueza de la Audiencia Nacional ha citado a declarar los cuatro como investigados el próximo viernes, en Madrid. Lo hace justo una semana después de que Lamela admitiera a trámite la denuncia de la fiscalía y empezara a investigar si durante las manifestaciones del pasado 20 y 21 de septiembre en Barcelona existió sedición.
A la resolución de la semana pasada, la titular del juzgado central de instrucción 3 de la Audiencia Nacional apuntaba que «existían indicios» para creer que los hechos son constitutivos de un delito de sedición. La jueza considera que existió una «multitud de personas» entre los edificios que se estaban registrando y que «de manera desordenada y violenta» trataban de impedir que los funcionarios de la administración de justicia y de la bastantes y cuerpos de seguridad pudieran desarrollar sus funciones.
En concreto, y según los ejemplos que recoge la jueza, se produjeron desperfectos a coches oficiales (con ruedas pinchadas incluidas), el ataque a la sede del PSC y «agresiones a militantes socialistas» o las acciones para impedir que los agentes pudieran salir de los locales registrados.
En la denuncia, el fiscal ya apuntaba algunos de los acontecimientos a investigar. Por ejemplo, describía los hechos delante de la Conselleria de Economía, también las acciones en las puertas de la imprenta de Bigues i Riells donde se decomisaron 10 millones de papeletas y también los hechos en la sede de la CUP de Barcelona.
El fiscal no dirigía la denuncia contra nadie en concreto pero ya apuntaba hacia los responsables de la Assemblea Nacional Catalana (ANC), Jordi Sànchez, y de Òmnium Cultural, Jordi Cuixart. Ahora, la jueza suma también la citación del mayor de los Mossos y también de la intendente Teresa Laplana. La semana pasada, Lamela pidió a la Guardia Civil un atestado con detalles de las actuaciones que se produjeron «para impedir la actuación de los cuerpos y fuerzas de seguridad del estado en el ejercicio de sus funciones».
Lamela también argumentaba que la Audiencia Nacional es competente para investigar el caso. La jueza reconocía que la sedición no siempre es competencia de la Audiencia Nacional pero que, en este caso concreto, sí le corresponde porque la sedición puede atentar contra la forma de gobierno (que es competencia de la Audiencia Nacional). Según argumenta, se entiende que dentro de este tipo de delito tienen cabida «los actos encaminados o dirigidos a romper la organización territorial del Estado».
Además, argumenta que en este caso «se atentó contra la forma de gobierno» porque «se trató de cambiar ilegalmente la organización territorial del Estado y declarar la independencia de una parte del territorio nacional», recoge la resolución.
Penas de prisión de 4 a 15 años
Según el artículo 544 del Código Penal, el delito de sedición persigue aquellos que se alzan «pública y tumultuariamente» para impedir la aplicación de las leyes o la actuación de cualquier autoridad, «ya sea por la fuerza o fuera de las vías legales».
El Código Penal prevé penas de prisión de 4 a 15 años para este delito. Concretamente, especifica que las personas que hayan sido los principales autores o hayan «dirigido o sostenido» la sedición, se enfrentarán apenas de entre 8 y 10 años. En caso de ser una autoridad, las penas se endurecen y pasan de 10 a 15 años. Para el resto de casos, la pena es de 4 a 8 años. Se contempla también la inhabilitación especial para ocupar un cargo público durante el tiempo de la condena.