Diari Més

El Supremo rechaza la suspensión cautelar de la intervención de las finanzas de la Generalitat

Los magistrados resuelven que no hay ningún riesgo que la medida produzca perjuicios irreparables

Fotografía de la fachada del Tribunal Supremo

Absuelta por el Supremo una mujer de 32 años que mantuvo relaciones con un joven de 12

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El Tribunal Supremo ha rechazado la petición de la Generalitat de Catalunya de suspender cautelarmente la intervención de las cuentas catalanas acordada por el gobierno español hace unas semanas mientras resuelve el fondo de los recursos interpuestos por el ejecutivo catalán. En dos autos, el alto tribunal no acepta los argumentos de la Generalitat por conseguir que suspendiera el orden del ejecutivo español al considerar que no hay ningún riesgo para que se produzcan perjuicios irreparables. «Ni se producen efectos irreversibles, ni es imposible ejecutar una hipotética sentencia anul·latòria del acuerdo impugnado», resuelven los magistrados, que también destacan la necesidad de que los fondos públicos obtenidos a través del FLA se tienen que ajustar a derecho y no a «financiar una actividad inconstitucional», en referencia al referéndum.

La interlocutoria añade que el interés general y el de terceros exige que el acuerdo se cumpla para «asegurar la prestación de los servicios públicos y preservar la estabilidad presupuestaria», puesto que en caso contrario los perjudicaría posiblemente de forma «irreparable».

Por otro lado, el alto tribunal indica que en el juicio limitado que comporta decidir sobre la suspensión de una medida cautelar, donde no se analiza el fondo del asunto planteado a los recursos, no se aprecia de forma clara los argumentos de la Generalitat contra los acuerdos del gobierno y Hacienda como una falta de motivación, desproporción y arbitrariedad de las medidas, falta de cobertura legal osostraccióde competencias al Tribunal Constitucional ni la vulneración de la autonomía financiera de Cataluña.

El pasado 27 de septiembre, el alto tribunal también tumbó la suspensión urgente de las dos órdenes del Ministerio de Hacienda que suponían la intervención de la finanzas catalanas. Entonces, Podemos presentó una petición para la suspensióncautelaríssimaporque sostenía que no se habían acreditado las circunstancias de especial urgencias exigidas por la ley para adoptar una medida de este tipo, que se hubiera ejecutado sin escuchar las partes y en 48 horas.

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