Laboral
Los trabajadores tendrán un permiso máximo de cuatro horas para votar
Pedir el permiso no tendrá ningún descuento salarial por parte de las empresas
Las próxima cita que reunirá a los catalanes en las urnas será el jueves 21 de diciembre. Tanto las elecciones generales, las autonómicas y las municipales siempre se han celebrado en domingo, con la excepción de las últimas elecciones catalanas del año 2006, que se hicieron el miércoles 1 de noviembre, festividad de Todos los Santos.
Al celebrarse en jueves las elecciones del 21-D afecta a los trabajadores que quieran ir a votar, pero estos tienen que saber que cuentan con un permiso del trabajo para ejercer su voto. Por regla general, la duración máxima del permiso en el trabajo para votar es de cuatro horas, sin ningún descuento del salario.
Si el horario de trabajo coincide en más de dos horas, pero menos de cuatro con el horario de votación, los trabajadores dispondrán de un permiso retribuido de dos horas; si coincide en cuatro horas, pero menos de seis contarán con tres horas; y por último, si la jornada laboral es de seis o más horas, los trabajadores tendrán un permiso de cuatro horas.
Por otra parte, los trabajadores en que la jornada laboral no coincida con el horario de apertura de las mesas electorales o sea un periodo inferior a dos horas de trabajo, no tendrán derecho al permiso retribuido por parte de las empresas.
Con respecto a los trabajadores a tiempo parcial estos también tendrán permisos retribuidos pero reducidos en proporción a la jornada de trabajo que desarrollen.
Los que han sido nombrados presidentes o vocales de las mesas electorales tienen derecho a pedir un permiso retribuido de jornada completa durante el día de la votación, si es laboral. Y también tienen derecho a una reducción de cinco horas de su jornada laboral al día siguiente de la votación.
Todos los trabajadores tendrán que solicitar en la mesa electoral el justificante de votación para presentarlo en su empresa.