Diari Més

El TC no admite el recurso de la Generalitat contra el 155 por haberlo presentado antes de que se aprobara en el Senado

La ley obliga a presentar el recurso una vez publicado al BOE

Imagen de la sesión del Senado de este jueves.

El PP no acepta las enmiendas del PSOE en el Senado para suspender el 155 en caso de eleccionesACN

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El pleno del Tribunal Constitucional ha decidido por unanimidad no admitir el recurso de inconstitucionalidad presentado el pasado día 27 por la Generalitat contra el acuerdo aprobado por el Pleno del Senado para aplicar las medidas propuestas por el gobierno español al amparo de lo que prevé el artículo 155 de la Constitución española.

El tribunal constata que la Generalitat presentó su escrito a las 14.23 horas del día 27 de octubre, antes de que el Senado votara y aprobara las medidas propuestas por el gobierno español. En consecuencia, no cumplió uno de los requisitos que la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC) exige para la admisión a trámite de los recursos de inconstitucionalidad: que estos recursos se formulen a partir de la publicación en el BOE de la ley, disposición o acto con fuerza de ley impugnado. La cámara alta aprobó el acuerdo a las 4 de la tarde.

«En el presente caso -explica el Tribunal- el recurso se ha interpuesto no ya antes de la publicación en el Butlletí Oficial de l'Estat del acuerdo del pleno del Senado que se pretende impugnar, sino incluso antes de que este acuerdo fuera aprobado por la cámara».

El pleno rechaza como argumento a favor de la admisión del recurso el hecho de que el Senado llegara finalmente a aprobar y publicar el acuerdo impugnado por los recurrentes de manera preventiva. A este respecto, señala que «podría no haber llegado a existir si el pleno no lo hubiera aprobado o lo hubiera aprobado con unas medidas diferentes a las que se dan por supuestas en el recurso; como efectivamente ha sucedido en algunos puntos».

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