JEC abre dos expedientes sancionadores en TV3 por la manifestación de Bruselas y el concierto por los presos
En paralelo, la Junta Electoral Central considera que TVE actuó correctamente al no emitir el spot de la CUP
La Junta Electoral Central (JEC) ha abierto un expediente sancionador a TV3 por la cobertura que hizo de la manifestación de Bruselas y otro por el denominado 'Concert por la libertad de los presos políticos'. La Junta Central ha ratificado de esta manera la decisión de la Junta electoral Provincial, que ya había admitido recursos del PP en este sentido. Sin embargo, la Junta Provincial no consideraba necesario abrir expedientes sancionadores, cosa que sí hace ahora la Central. El órgano electoral ha considerado que las informaciones de la marcha de Bélgica o del concierto fueron excesivas y eso hizo que TV3 rompiera el principio de neutralidad en campaña electoral.
A opinión de JEC resulta «inequívoco» el carácter «partidista» y la incidencia electoral de la manifestación de Bruselas. Por eso considera que la cobertura que hizo TV3, que «al menos entre las 11.00 h y las 15.37 h» se convirtió en la «noticia central y reiterada», «vulneró» el principio de neutralidad informativa, tal como ya indicó la Junta Electoral Provincial.
Con todo, JEC decide que no hay que compensar el PP, que interpuso el recurso, porque no dispone de información suficiente para determinar el grado de desequilibrio de tiempo entre la información que se dio de este partido y de los que participaron en la manifestación. Aparte, también tiene presente que mañana es el último día de campaña, y se podrían dar desequilibrios respecto de las otras formaciones.
JEC también mujer la razón en el PP con respecto a la cobertura del llamado 'Concierto por la libertad de los presos políticos' que se dio al Telediario Noche del 2 de diciembre. La Junta afirma que la Corporación Catalana de Medios Audiovisuales vulneró los principios de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General –y además lo acusa de «reiteració»- y porque «potenció» la difusión de un acto que, a opinión de la Junta, tenía el objetivo de «producir la máxima incidencia electoral posible».
Por el contrario, la Junta Central ha contradicho la Provincial y ha valorado que Televisión Española actuó correctamente cuando no emitió el spot electoral de la CUP que defendía la libertad de los presos políticos. Por una parte, afirma que la CUP no presentó el spot con la antelación suficiente. Y de la otra, considera justificada la demora en la emisión de TVE por las dudas que suscitaba el contenido del anuncio. Así, ME LA TUMBO revoca la resolución de la Junta Electoral Provincial y decide que RTVE no vulneró el principio de neutralidad informativa.