Incertidumbre en el calendario de la investidura
El plazo natural para intentar escoger presidente expira este miércoles pero el reglamento no establece ningún escenario si se aplaza la sesión
En el aire. El calendario para la investidura está desde este martes en una situación tan inédita como incierta en el Parlament, tanto que no está ni reglada ni por el reglamento de la cámara ni por la ley de la presidencia de la Generalitat. A la espera ahora que los letrados del Parlament orienten sobre la cuestión, los grupos parlamentarios sólo tenían de entrada un plazo claro para intentar una primera votación para la investidura: diez días después de la sesión constitutiva del Parlament, un plazo que expira este miércoles. La decisión del presidente de la cámara, Roger Torrent, de aplazar la sesión 'sine die' –no la suspendió- plantea un nuevo escenario: ¿si la primera votación no se produjo el martes, empieza a correr el cronómetro de los dos meses de máximos para intentarlo de nuevo antes de que se convoquen elecciones automáticamente?
La ley fija que si en un primer intento el candidato no sale elegido por mayoría absoluta, se puede someter, dos días después, a un segundo debate y una segunda votación en que ya sería suficiente la mayoría simple para salir investido. Pero esta primera votación no se ha producido. Y la misma ley establece que se irá de nuevo a las urnas una vez pasen dos meses «desde la primera votación» si no se consigue escoger a un candidato.
El informe que la Mesa ha encargado a los letrados del Parlament, que todavía no se ha cerrado, podría ayudar a poner los plazos negro sobre blanco. De momento el portavoz de ERC, Sergi Sabrià, aseguró este martes que se abría ahora una «ventana de diez días», el plazo para presentar alegaciones a la decisión del Constitucional de prohibir una investidura a distancia o sin autorización judicial como medida cautelar a la espera de sí admite a trámite o no el recurso de inconstitucionalidad del gobierno español.
En rueda de prensa este miércoles, el líder del PPC, Xavier García Albiol, ha asegurado que seguirán el criterio de los letrados respeto si se han congelado o no los plazos con el aplazamiento. En cambio, el primer secretario del PSC, Miquel Iceta, considera que desde este miércoles empiezan a contar los dos meses de plazo para convocar un nuevo pleno de investidura. Y es que el socialista asegura que el único precedente parecido que ha encontrado en el Estado es el de la investidura frustrada por el conocido como ‘tamayazo’, cuando el pleno de la Asamblea de Madrid que tenía que investir a Rafael Simancas (PSOE) no se llegó a celebrar después de que no se presentaran dos de sus diputados. Entonces, dice Iceta, el pleno quedó en suspense y se hicieron correr los dos meses del plazo establecido posterior.
Tampoco está regulado en manos de quién es la decisión final sobre los plazos: el informe de los letrados no es vinculante de manera que podría recaer en Torrent o en un acuerdo de los grupos en la Mesa. El último precedente de informe de los servicios jurídicos fue sobre el voto delegado de los diputados en la prisión y en Bruselas, y la decisión final la tomó la Mesa de Edad de la sesión constitutiva. A diferencia de ahora, sin embargo, el reglamento fija claramente que corresponde a la Mesa decidir sobre la delegación de voto, al menos en los casos ordinarios.