El Parlament pide al TC dejar sin efecto las medidas cautelares sobre la investidura de Puigdemont
La cámara catalana cree que las medidas no tienen cabida hasta que no se admita o no a trámite la impugnación del gobierno español
El Parlament ha pedido al Tribunal Constitucional (TC) que deje sin efectos las medidas cautelares dictadas para la investidura de Carles Puigdemont hasta que decida si admite a trámite o no el recurso del gobierno español contra su candidatura. En las alegaciones presentadas por los letrados de la cámara catalana, se consideran las medidas «tan insólitas como extrañas» y alertan que de ellas se ha derivado una «vulneración del derecho fundamental de participación política y de acceso a cargos públicos». Recuerda que es «la primera vez en la historia del TC» que sin admitir a trámite la demanda del gobierno español se dictan medidas cautelares no solicitadas por el recurrente, «no previstas en la Constitución, ni en la LOTC ni en el resto de leyes procesales en la que es remite». Establece que se podría dar la «paradoja» que sin haber aceptar el recurso del ejecutivo español contra la candidatura de Puigdemont se habrán conseguido los mismos afectos que con la impugnación y pide la retirada. Las alegaciones llegan después de que el TC abriera un trámite sobre la posible pérdida de objeto de la impugnación de la investidura de Puigdemont.
Más allá del hecho de que no se haya decidido todavía sobre si se acepta o no la impugnación del gobierno español sobre la candidatura de Carles Puigdemont al debate del pleno de investidura, las alegaciones firmadas por el letrado Joan Ridao defienden que esta impugnación está formulada en base a un «carácter hipotético y preventivo» a partir de la presunción de una «eventual incomparecencia» del candidato. «La doctrina del propio tribunal establece que no procede este tipo de pronunciamientos referidos a sucesos todavía no producidos cosa que tendría que haber llevado a una inadmisión de la impugnación», explica.
Además, los servicios jurídicos apuntan en la «incomprensible dilación» sobre la decisión de admitir o no a trámite la impugnación y establece que está el agravante de que se mantienen los mismos efectos que si se hubiera hecho una suspensión automática. Además, recuerdan que el tribunal «ha llegado a cuestionarse el eventual archivo del procedimiento por posible pérdida de su objeto sin entrar en el fondo de la cuestión y sin haber acordado su admisión». Los letrados afirman que el TC «no puede crear una fase de preadmisión» y que lo único medida cautelar posible era la suspensión y sólo cuando se admita a trámite la impugnación.
Sobre la medida cautelar concreta de establecer que Puigdemont requería de un permiso del juez si quería asistir al pleno de investidura, las alegaciones apuntan que esta autorización «infringía sus derechos de participación política, haciendo inviable la expresión representativa de la voluntad popular.»
En las alegaciones, se insiste una vez mes que «nadie fuera del Parlament» puede «interferir» en el proceso de investidura y que corresponde a los parlamentarios electos participar de este proceso en todas sus fases. Además, se afirma que las instrucciones dirigidas al presidente de la cámara y a los miembros de la Mesa están «adoptadas fuera del procedimiento, sin sentencia, sin motivación y sin aparente conexión con la protección de los derechos de los parlamentarios».
Los letrados defienden que las medidas cautelares dictadas han tenido una afectación directa en los derechos de un diputado electo, en el de representación popular en el Parlament y, en general, en los derechos de participación política de toda la ciudadanía catalana, «en tanto que el TC ha determinado la forma se tiene que llevar a cabo una sesión de investidura en el Parlament, al margen del resultado del proceso constitucional y habiendo dado instrucciones al presidente y a los miembros de la Mesa, en una clara extralimitación de sus funciones jurisdiccionales».
Por todo eso, los servicios jurídicos reclaman al TC que se pronuncie sobre la impugnación de la candidatura de Carles Puigdemont y que lo haga teniendo en cuenta las alegaciones y de las circunstancias sobrevenidas que han llevado a plantearse la pérdida de objeto del procedimiento. A la vez, solicita dejar sin efectos las medidas cautelares que dictó el 27 de enero.