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Sànchez pide a Llarena poder asistir al pleno de investidura o participar por videoconferencia

Su defensa recuerda al juez que existe una resolución de la ONU que insta al gobierno español a garantizar su derecho político

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La defensa de Jordi Sànchez ya ha presentado un escrito ante el juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena para pedirle que pueda asistir al pleno de investidura del viernes. El letrado Jordi Pina solicita la puesta en libertad del candidato, que le conceda un permiso penitenciario para ir presencialmente al pleno o bien que se le permita intervenir a través de videoconferencia. Esta está la segunda vez que la defensa de Sànchez se dirige en el Supremo para pedirle que pueda ser investido. Ya lo hizo con motivo del pleno del 12 de marzo, cuando denegó la salida de Sànchez aduciendo «riesgo de reiteración delictiva». En el escrito, la defensa aprovecha para recordar a Llarena la resolución del Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas del 23 de marzo, dónde se insta el gobierno español a tomar medidas cautelares para garantizar su derecho político. La defensa de Sànchez ya hizo llegar esta resolución al juez Llarena, que no ha emitido ningún pronunciamiento al respecto.

La defensa de Jordi Sànchez ya ha registrado ante el juez Llarena un escrito donde le pide que adopte las medidas que hagan posible que pueda ejercer su derecho político y asistir al debate de investidura, convocado para el viernes. En primer lugar, le solicita que decrete su puesta en libertad provisional para ir al pleno o, si no accede, le conceda un permiso penitenciario para ir físciament al pleno.

Además, y a diferencia de la petición que ya hizo en marzo, incorpora otra opción. Pregunta al juez que permita a Sànchez intervenir al pleno a través de videoconferencia desplazándose al lugar dónde el juez estime oportuno. El letrado distingue entre la petición que hace sobre Sànchez y la que en su momento se hizo para poder investir a Puigdemont a distancia.

En el escrito, el abogado reconoce que este posibilidad ha sido excluida por el Tribunal Constitucional en el caso de personas que «no se encontraban a disposición de de la justicia española» (en referencia a Puigdemont), pero añade que, en el caso de Sànchez, «nada impide aceptar esta opción» ya que no puede asistir al pleno físicamente por el hecho de estar en la prisión pero no por estar fuera de España. En el escrito, apunta también que esta opción de la videoconferencia tendría que estar posteriormente aceptada por la presidencia del Parlament.

Recuerda la resolución de la ONU

En el escrito dirigido al juez, el letrado de Jordi Sànchez recuerda a Llarena que todavía tiene sobre la mesa (y sin responder) un escrito presentado el 26 de marzo, después de la resolución de la ONU. Por eso, el abogado aprovecha para recordarle que el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas instó al gobierno español a tomar medidas cautelares para garantizar su derecho político.

En el escrito del 26 de marzo, la defensa de Sànchez ya pedía a Llarena que «restableciera plenamente» el derecho político de Sànchez, incluyendo su derecho a acceder a la presidencia de la Generalitat de Catalunya.

Segundo intento

Este es el segundo intento que la defensa de Sànchez hace por conseguir que pueda asistir, como candidato, al pleno de investidura. Hasta ahora, el juez ha permitido la delegación de voto de Sànchez –a través de la Mesa- pero ya le negó asistir al pleno del pasado 12 de marzo, cuando fue candidato por primera vez.

El juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena denegó tres días antes del pleno la libertad provisional y el permiso de salida puntual que había solicitado. El juez tomó la decisión habiendo escuchado la Fiscalía pero sin esperar a recibir los informes del abogado del Estado y VOX. En aquel momento, basó su decisión en el «riesgo de reiteración delictiva» por el hecho de que los delitos que está investigando se cometieron –decía- mediante «actuaciones legislativas y ejecutivas claramente ilegales» en que «desatendieron de manera flagrante los controles constitucionales, judiciales e institucionales».

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