Diari Més

El Supremo abre la puerta a rebajar las imputaciones de los procesados de rebelión a sedición

Rebate los argumentos del tribunal alemán y dice que no es «razonable» comparar el proceso con las revueltas del aeropuerto de Frankfurt

Imagen de la fachada del Tribunal Supremo.

El Supremo no decidirá este martes sobre los recursos de Sànchez y Forn para salir en libertadACN

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La sala de apelaciones del Tribunal Supremo ha abierto la puerta a rebajar las imputaciones de los procesados de rebelión a sedición. Recuerda que la Fiscalía ya lo apuntaba a la querella del 30 de octubre en caso de que «no se constatara suficientemente la violencia». No obstante, los tres magistrados defienden que en Cataluña hubo violencia, aunque apuntan que en aquel contexto político «la violencia física pasaba a un segundo plano» ya que no se trata de una «rebelión de un gentío organizado contra el Estado para tomar los centro de poder» sino que era ejercida por|para los gobernando de una comunidad autónoma. A la resolución, además, critican los argumentos del tribunal alemán que ha descartado la rebelión en el caso de Puigdemont y aseguran que «no es razonable» comparar los hechos del proceso con los disturbios que hubo con motivo de la ampliación del Aeropuerto de Frankfurt. También aseguran que si los hechos que se produjeron en Cataluña hubieran pasado a un Land alemán no habrían acabado con una sentencia «simbólica», tal como apuntaba al tribunal de Schleswig-Holstein.

La sala de apelaciones del Tribunal Supremo ha aprovechado la respuesta de un recurso planteado por la defensa de Jordi Sànchez para dejar la puerta abierta a rebajar las imputaciones de los procesados por rebelión a sedición. En el escrito, apuntan que la querella inicial de la Fiscalía, la del 30 de octubre de 2017, ya recogía que se podrían haber cometido delitos de rebelión, sedición y malversación.

En cambio, el juez instructor del Supremo, Pablo Llarena, no ha procesado ninguno de los investigados por sedición y sí quiere llevar a juicio a trece encausados por rebelión. En el auto, los tres magistrados apuntan a la sedición –siguiendo el criterio de la Fiscalía- y ya dejan claro, sin embargo, que si se les acaba condenado por este tipo penal también se enfrentarían a «penas muy graves» de hasta 15 años de prisión.

Estos tres magistrados serán los que tendrán que revisar los recursos de las defensas contra los autos de procesamiento. Está en este el momento donde la sala podría rebajar las imputaciones de rebelión a sedición.

«Rebelión jurídica»

Según la sala, todos los impulsores del proceso «salvaron en su aire» desde el 2015-2017 para llevar a cabo su hoja de ruta que habían anunciado «con toda clase de publicidad» y que su acción abrió «grietas» en el ordenamiento jurídico.

En el escrito, la sala de apelaciones ratifica la existencia de la rebelión y dice que no hacía falta que la violencia ejercida fuera tan evidente. La argumentación de los magistrados es que la rebelión no la protagonizaron «un gentío organizado contra el Estado para tomar sus centros de poder» (cómo se puede producir durante un golpe de estado) sino que lo diferencia y alegan que los autores del delito «ocupaban oficial y legítimamente los poderes constitucionales y legalmente establecido a la comunidad autónoma». Es decir, que no era un alzamiento de la población sino de los gobernantes. En este contexto, defienden que «la violencia física pasaba en un segundo lugar» y habla de «rebelión jurídica».

En el auto, también aseguran que se desplazaron 6.000 agentes a Cataluña para impedir el referéndum declarado ilegal por el TC pero que «a pesar de las advertencias de los tribunales y el Estado» continuaron con su hoja de ruta y «indujeron a dos millones de personas a salir a la calle para votar ilegalmente». También reconoce que el referéndum se llevó a cabo «pero con las mínimas garantías».

El resultado de todo fue, según la sala, «totalmente previsible e inevitable» y se produjeron más de cien enfrentamientos físicos entre votantes y policía. Además, apuntan que si hubiera intervenido a un número más elevado de policías «sería muy probable que todo acabara en una masacre y entonces sí sería muy factible que el resultado de la euroorden fuera muy diferente».

Carga contra el tribunal alemán

En la resolución, los tres magistrados cargan contra la decisión del tribunal de Schleswig-Holstein, que ha descartado la existencia del delito de rebelión en la euroorden para entregar Puigdemont. Según apuntan, sus argumentos «no son razonables» porque se compara el referéndum y la declaración de independencia con las revueltas violentas de miles de ciudadanos para evitar la ampliación del aeropuerto de Frankurt, el año 1983. «Son dos supuestos que nada tienen a ver», recogen a los magistrados al texto, que consideran que la comparación «tiene falta de rigor».

Además, acusa al tribunal regional de tomar la decisión con excesiva prisa y sin «haber examinado de forma reposada» el conjunto de actuaciones. «No tiene nada que ver unas protestas de miles de personas como reacción de una ampliación de un aeropuerto con la rebelión jurídica de una comunidad autónoma», recoge el texto. Los magistrados dejan claro que en el caso de Cataluña no se trata «de ampliar el aeropuerto del Prat» sino que había unos dirigentes políticos que hacía dos años que «se dedicaban a laminar» el ordenamiento jurídico y «oponerse frontalmente» a las resoluciones de los tribunales.

La resolución del tribunal regional alemán empezaba poniendo como ejemplo qué pasaría si esta situación que pasó en Cataluña sucediera a un Land alemán. Según los magistrados, este ejemplo era «hipotético pero adecuado» y no la comparación con las protestas del aeropuerto. Además, la sala apunta que si eso se hubiera producido «no parece muy factible» que la condena por parte de la justicia alemana fuera «meramente simbólica», como decía la resolución del tribunal de Schleswig-Holstein.

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