Diari Més

El Consejo de Estado concluye que para formar parte del Gobierno se tiene que estar en Cataluña

Excluye la posibilidad de que puedan participar en las reuniones a los exiliados o los presos que estén en centros penitenciarios de otros puntos del Estado

Excluye la posibilidad de que puedan participar en las reuniones a los exiliados o los presos que estén fuera de Cataluña.

El Consejo de Estado concluye que para formar parte del Gobierno tiene que estar en CataluñaACN

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El dictamen aprobado este lunes por la Comisión Permanente del Consejo de Estado asegura que «los miembros del Consejo de Gobierno que no estén en Barcelona sólo podrán participar a las sesiones a distancia si se encuentran dentro del territorio de la Comunidad de Cataluña», hecho que excluye la posibilidad de hacerlo desde los diversos puntos donde se encuentran los políticos exiliados, así como los centros penitenciarios del Estado donde se encuentran los presos. En este sentido, el Consejo de Estado sostiene que los miembros del Gobierno tienen que tener «condición de ausentes» cuando «no están dentro del ámbito territorial donde pueden ejercer sus competencias». «Por lo tanto, si están en España pero fuera del territorio catalán, o en el extranjero, resultará de aplicación el régimen de suplencia o sustitución en caso de ausencia y tendrán que ser sustituidos por los consellers que se encuentran presentes dentro de este ámbito territorial (Cataluña)». Además, y aunque el mismo Estatuto abre la puerta a que el Gobierno se pueda reunir «en otros lugares de Cataluña», el Consejo de Estado concluye que el uso de medios telemáticos «no se puede traducir en un desplazamiento de esta sede permanente en un lugar diferente del de Barcelona, ni dentro del ámbito territorial de Cataluña ni por descontado fuera de este».

El informe del Consejo de Estado va mucho más allá de lo que redactó el Consejo de Garantías Estatutarias, que aunque consideraba que la reforma contravenía el Estatuto y la Constitución, si que avalaba las reuniones a distancia de órganos colegiados.

El documento del Consejo de Estado concluye que «existen fundamentos jurídicos suficientes» para impugnar la ley de la presidencia de la Generalitat de Catalunya aprobada en el Parlament la semana pasada con los votos de JxCAT, ERC y la CUP, y avala la interposición de un recurso de inconstitucionalidad.

Considera que la modificación de la Ley para la celebración de una investidura a distancia contraviene el artículo 67.8 del Estatuto –en la línea del Consejo de Garantías Estatutarias- e incurre en un «vicio de inconstitucionalidad».

Según el Consejo de Estado, aunque tan el Estatuto como otras leyes de la presidencia autonómicas (como las de Andalucía o Aragón) permiten la celebración de sesiones y la adopción de acuerdos a través de medios telemáticos, en el caso de Cataluña, para que el uso de medios telemáticos sea «constitucionalmente lícito» hace falta que «las sesiones a larga distancia del gobierno de la Generalitat se celebren en Barcelona», que según el Estatuto es «la sede permanente del gobierno».

Los miembros del Gobierno que no estén presentes en Barcelona o dentro del territorio catalán, continúa el informe, tienen que ser considerados como «ausentes» y «tendrán que ser sustituidos por otros que se encuentren presentes en este ámbito».

Por lo tanto, según el informe, «contraviene el orden estatutario que sean tenidos en cuenta a efectos del cómputo del cuórum de constitución de unas sesiones a distancia en las que no pueden participar».

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