El TC admite a trámite los recursos de Junqueras i Sànchez contra su encarcelamiento
Los magistrados analizarán también el escrito de Sànchez presentó contra la decisión del Supremo de no darle permiso para asistir a su investidura
El Tribunal Constitucional (TC) ha admitido a trámite por unanimidad los recursos que el líder de ERC, Oriol Junqueras, y el expresidente de l'ANC y diputado de Junts per Catalunya Jordi Sànchez presentaron contra los autos de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo que denegaban su libertad provisional, aunque esta admisión a trámite no va acompañada de ninguna medida cautelar, de manera que los dos continuarán en la prisión mientras no se resuelven sus escritos. Los magistrados también han admitido a trámite otro recurso de Jordi Sànchez contra la decisión de la Sala de lo Penal de no concederle un permiso penitenciario para asistir a su propia investidura. El TC estudiará los tres recursos porque entiende que «está justificada la especial trascendencia constitucional que plantea una cuestión jurídica relevando que afecta a una faceta del derecho fundamental sobre la que no hay doctrina en este tribunal».
El Tribunal Constitucional toma cartas de esta manera en la causa que instruye en el Tribunal Supremo al juez Llarena, a quien las defensas reprochan una supuesta vulneración de los derechos fundamentales de los encausados a lo largo de la instrucción de la causa.
Los recursos que Sànchez ha elevado al TC –y que serán estudiados en las próximas semanas- se dirigen contra dos actuaciones concretas de la Sala de lo Penal del Supremo que avalaban decisiones del juez Llarena.
En primer lugar, un auto del 17 de abril del 2018 que le denegaba un permiso para asistir por videoconferencia al debate de su investidura como presidente de la Generalitat de Catalunya. La defensa de Sànchez argumenta que se vulneró su derecho a participar en asuntos políticos y a acceder a cargos públicos del artículo 23.2 de la Constitución en relación al derecho a la presunción de inocencia.
El otro, contra un auto de la Sala de lo Penal del 20 de marzo en que le denegaba la libertad provisional. Sànchez denuncia la vulneración de su derecho a la tutel·la judicial efectiva y a la presunción de inocencia por la inexistencia de indicios de delito y de riesgo de reiteración delictiva, así como la vulneración de su derecho a la libertad ideológica y a la participación en asuntos públicos.
No adopta medidas cautelares
A pesar del recurso, el TC no adopta medidas cautelares porque «no aprecia la urgencia excepcional en la que se refiere el artículo 56.1 de la Ley Orgánica del TC». En cambio sí que abre una pieza separada y mujer tres días al Ministerio Fiscal y a Sànchez para que puedan presentar alegaciones con respecto a esta decisión.
En el caso de Junqueras, el vicepresidente destituido recurrió al TC pidiendo amparo y pidiendo como medida cautelar suspender la decisión de la Sala de Apelaciones del Supremo que confirmaba el mantenimiento de la prisión provisional acordada por la Audiencia Nacional en noviembre.
En este caso, los magistrados establecen un periodo máximo de diez días para que la Sala del Penal del Tribunal Supremo envíe al Constitucional las actuaciones correspondientes de la causa, y porque las partes en el proceso –todas menos la defensa- puedan presentar recursos contra la admisión a trámite.