Diari Més

El TSJC dice que no se pueden considerar víctimas de delito de odio a los policías del 1-O

El tribunal inadmite una querella de la fiscalía contra el diputado de ERC Ferran Civit para incitar a la expulsión de policías y guardias civiles alojados en hoteles por el referéndum

Imatges de confrontacions entre la Guàrdia Civil i gent durant la jornada del referèndum de l'1-O.

El TSJC dice que no se pueden considerar víctimas de delito de odio a los policías del 1-OACN

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El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha asegurado en un auto que el delito de odio del artículo 510 del Código Penal sólo se puede aplicar contra aquellos que incitan a la discriminación de colectivos vulnerables, pero no a los que critican o amenazan los cuerpos policiales. De esta manera, ha justificado la no admisión a trámite de una querella presentada por la fiscalía contra el diputado de ERC Ferran Civit que el 2 y 3 de octubre publicó varios tuits instando a la expulsión de los policías españoles y guardias civiles que se alojaban en hoteles de Cataluña para impedir el referéndum.

Los días 2 y 3 de octubre, Civit publicó cinco tuits sucesivos en su cuenta «dirigidos a una generalidad de personas no identificadas» con los que «pretendía» que los policías españoles y los guardias civiles alojados en varios hoteles de Cataluña «fueran expulsados» de los establecimientos, «si fuera necesario, haciendo ruido durante toda la noche en torno a sus alojamientos para no dejarlos dormir o difundiendo entre los turistas que estuvieran alojados en los hoteles o que tuvieran pensado hacerlo que se trataba de 'represores que agreden a pacíficos demócratas'. También escribió críticas negativas de los establecimientos a las redes sociales y en webs especializadas, y publicó el nombre de cuatro de estos hoteles.

Civit utilizó la etiqueta '#caphotelambpolicia' y publicó los siguientes mensajes: 'No deis alojamiento a quien os reprima. ¡Fuera de nuestros hoteles! No dejéis dormir en calma a quien os reprima. Haced ruido toda la noche'; 'Las fuerzas de ocupación todavía estarán una temporada. ¡Va por largo y no les tenemos que facilitar nada!'; 'Que todos los futuros turistas sepan con quién comparten habitación: represores que agreden a pacíficos demócratas'; 'Recomendad a todo el mundo en redes y a Tripadvisor el Hotel Gaudí de Reus mientras acoja Policía represora. ¡No son bienvenidos'!; y 'Lugares de Lérida donde hay Guardia Civil y Nacional a: Aisaza Hoteles, Prat de la Riba 37, Hotel Real, Hotel Sansi'.

Según el fiscal, estos tuits pretendían «intimidar o atemorizar» a los agentes policiales, pero el tribunal cree que hay que acreditar, al menos indiciariamente, que la intención última de Civit era fomentar la discriminación. De hecho, citando jurisprudencia española e internacional y recomendaciones de la Comisión Europea contra el Racismo y la Intolerancia, del Consejo de Europa, los magistrados recuerdan que el artículo 510.1.a del Código Penal se tiene que aplicar para limitar la libertad de expresión sólo en aquellos casos que inciten la discriminación de «colectivos vulnerables» y que «hay formas de expresión que ofenden, perturban o trastornan, pero por sí mismas no constituyen incitación al odio».

Por eso, concluye el TSJC, «no constituye un delito de odio cualquier expresión de hostilidad difundida públicamente contra unas o más personas pertenecientes a un colectivo o grupo social identificable, aunque sea claramente ofensiva y perturbadora de la paz social y el orden público». «La consecuencia es que el discurso de odio u hostilidad contra la autoridad o contra los agentes de la autoridad no puede ser sancionado con el artículo 510», asegura. Sin embargo, admite que ciertas expresiones pueden suponer un delito de proposición para delinquir o provocación por la comisión de un delito o apología de un delito de atentado y resistencia grave a la autoridad, o amenazas graves e injurias a las fuerzas de seguridad.

Por último, el TSJC dice que no consta que los mensajes hayan tenido ninguna repercusión o efecto práctico para los policías o los hoteles y la supuesta limitación de la libertad de circulación y residencia que proponen los tuits es «quimérica e irrealizable».

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