Diari Més

El Gobierno se retira de la demanda contra Mas y otros exmiembros del Gobierno por la consulta del 9-N

El gobierno español obligó a la Generalitat el pasado abril a interponer la demanda bajo aplicación del 155

Imagen de archivo del expresidente de la Generalitat y expresidente del PDeCAT Artur Mas, llegando al Tribunal Supremo.

Artur Mas llega al Supremo para declarar delante de LlarenaEFE

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El Gobierno ha acordado este martes que la Generalitat se retira de la demanda contra el expresidente Artur Mas y otros exmiembros del Gobierno por la consulta del 9 de noviembre del 2014. El gobierno español obligó a la Generalitat a presentar esta demanda bajo aplicación del artículo 155 de la Constitución. El Gobierno defiende que su posicionamiento se ha basado en los pronunciamientos judiciales derivados de los juicios penales por el 9-N, que excluyeron la malversación. Asimismo, el ejecutivo catalán defiende que «no concurren los requisitos de luto o negligencia grave para exigir responsabilidad contable». Bajo la aplicación del 155, el Ministeri d'Hisenda dio instrucciones a la Generalitat el pasado mes de abril a fin de que formulara una demanda delante del Tribunal de Cuentas.

El gobierno español obligó a la Generalitat a interponer la demanda de acuerdo con la liquidación provisional del 25 de septiembre del 2017 que determinó como presuntos responsables contables el expresidente Artur Mas; los exconsellers Joana Ortega, Irene Rigau y Francesc Homs; así como los exaltos cargos Lluís Bertrán; Josefina Valls; Jaume Domingo; Ignasi Genovés; Jordi Vilajoana, y Teresa Prohías.

El Gobierno considera que la cantidad económica reclamada es «notoriamente improcedente», ya que se pide, como partida más relevante, la compra de 7.000 ordenadores, por cerca de 3 millones de euros, los cuales se utilizaron el día de la votación, pero que al día siguiente fueron trasladados a las escuelas que los necesitaban, y que llevan 4 años disponiendo de estos ordenadores.

El gabinete jurídico de la Generalitat concluye que no existen elementos necesarios para exigir responsabilidades contables y, por lo tanto, que no es procedente continuar con un procedimiento procesal que «no se ajusta a la jurisprudencia en materia de responsabilidad contable».

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