Diari Més

El Supremo deniega la libertad a los presos independentistas por riesgo de fuga y la proximidad del juicio

Los magistrados que juzgarán la causa dicen que no han cambiado los motivos por los cuales el juez Llarena los encarceló

Imagen de la fachada del Tribunal Supremo.

El Supremo no decidirá este martes sobre los recursos de Sànchez y Forn para salir en libertadACN

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Los magistrados que conforman el tribunal que juzgará la causa del proceso han denegado la libertad de los nueve presos independentistas. Es la primera vez que los miembros de la Sala Segunda del Supremo se pronuncian sobre una petición que afecta a los encarcelados, una vez el magistrado Pablo Llarena ha cerrado la investigación y ha enviado la causa a la sala para que los juzgue. En la resolución, sostienen que no ha cambiado ninguno de los motivos por los cuales Llarena los encarceló y afirma que hay que mantenerlos entre rejas por el riesgo de huida y por la proximidad del juicio. Los abogados de Bassa, Forcadell, Sànchez, Cuixart, Junqueras, Forn, Romeva, Rull y Turull habían solicitado a los cinco magistrados que los dejaran en libertad a la espera de juicio. Aparte de los argumentos ya usados anteriormente delante de Llarena, añadían el hecho de que Alemania no entregue Puigdemont por rebelión y que Llarena haya retirado las euroórdenes. Eso, según sostenían, supone la «nula confianza» del juez instructor en la calificación de los hechos y, por lo tanto, en la existencia del delito de rebelión.

El tribunal que juzgará la causa del proceso está formado por los mismos magistrados que admitieron a trámite la querella presentada por el exfiscal general José Manuel Maza a finales de octubre. Se trata de Manuel Marchena Gómez, Andrés Martínez Arrieta, Antonio del Moral (sustituye a Julián Sánchez Melgar porque está «contaminado» por haber sido fiscal general), Juan Ramón Berdugo Gómez de la Torre y Luciano Varela Castro.

En la primera decisión de que toman sobre el futuro de los presos, los magistrados se han alineado con los argumentos esgrimidos hasta ahora por el juez instructor, Pablo Llarena, y por la sala de apelaciones (que revisaba las decisiones de Llarena) y mantienen que los nueve tienen que continuar privados de libertad hasta el juicio. Aparte de rechazar la libertad, tampoco acceden a sustituir la prisión por otras medidas alternativas menos graves.

Además, el tribunal considera que es «procedente» mantener la prisión por la proximidad del juicio, la «firmeza» del auto de procesamiento así como la «naturaleza y la gravedad de los hechos indiciariamente atribuidos a los procesados».

En la resolución, el tribunal explica que será el órgano encargado de juzgar a los presos pero que todavía no ha tomado contacto con las diligencias que se han practicado durante la instrucción ni ha intervenido en la resolución de los recursos (que ha resuelto la sala de apelaciones). Por lo tanto, consideran que cambiar el criterio y dejarlos libres supondría apreciar que ha habido un cambio en los motivos que hasta ahora los mantenían privados de libertad.

Sobre las referencias que hacían las defensas a la decisión del tribunal de Schleswig-Holstein –que ha descartado entregar Puigdemont por rebelión-, el tribunal insiste en que todavía no ha estudiado la prueba ni entra en la tipificación de los hechos. «Hacerlo ahora sería una invitación a precipitar un criterio sobre la tipicidad de los hechos y su autoría sin contar con el más mínimo elemento de juicio para hacerlo», remarcan los jueces.

Esta petición, entre otros, lo había hecho también la defensa de Forcadell que afirmaba que si Alemania no veía rebelión en lo que era presidente de la Generalitat menos todavía lo tenía que ver la justicia española en ella que ocupaba la posición de presidenta del Parlament y no tenía función ejecutiva.

La decisión de alemana «no tiene incidencia» en el Supremo

Aparte de eso, el tribunal señala que la decisión de la justicia alemana «no tiene incidencia» sobre el proceso en España y que el tribunal puede decidir «qué y quien» sobre los hechos, apuntando que lo hará siempre en función de las pruebas que se tengan que evaluar durante el juicio. «Se mantiene intacta la capacidad que tiene la sala», defienden a los magistrados.

Además, recuerdan que de manera «jerárquica» las defensas no pueden presentar la decisión de un tribunal provincial alemán como «si fuera un órgano supranacional» que marque las decisiones de la justicia española. «Todo intento de dibujar una línea jerárquica que someta las resoluciones de esta sala al criterio de los jueces provinciales alemanes resulta manifiestamente improcedente y está condenado al fracaso», subrayan los magistrados.

Sobre los argumentos expuestos por las defensas que apuntaban a un cambio en el contexto social y político con un Gobierno ya consolidado, la sala considera que el proceso penal «no puede explicarse como una realidad cambiante en función de la atmósfera política que se respire en cada momento».

Deniega otras medidas cautelares

Sobre la petición que habían hecho las defensas otras medidas cautelares (como comparecencias en juzgados, arresto domiciliario o uso de dispositivos de control a distancia), el tribunal también se opone. Los magistrados consideran que ninguna de estas fórmulas «llega al mismo nivel de seguridad» que la prisión preventiva a la hora de garantizar que no huirán y serán al juicio. «La pérdida de la fianza no actúa como verdadero elemento disuasivo ante la tentación de sustraerse al llamamiento de la justicia», recogen al auto. Alega, además, que podrían tener apoyos de terceros para huir al extranjero.

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