El Supremo rechaza dar más tiempo a las defensas y mantiene el juicio para el 12 de febrero
El tribunal tumba la petición de los abogados de dejar en libertad a los presos durante el juicio para evitar «tratos denigrantes» en los traslados
En el caso de Cuixart, en más, la letrada Marina Roig también alegó que no tenían acceso todavía a la documentación aportada por el resto de defensas en sus escritos, y que ha estado (en parte) aceptada por el tribunal. El Supremo considera que esta prueba «documental anticipada» no se tiene que entender como tal y que no se tiene que entregar con tiempo a los abogados porque «la prueba documental, a diferencia de lo que expresan los escritos de las defensas, se practica al plenario y no se anticipa al plenario».
«Hablar de prueba documental anticipada para referirse a documentos que han sido reclamados supone distanciarse del significado procesal genuino de la prueba anticipada», recoge el escrito. Según el Supremo, la denominada «prueba anticipada» está prevista sólo para «supuestos que previsiblemente no se pueden repetir de una determinada declaración testifical» y, por lo tanto, no se ajusta al caso que reclaman las defensas.
Declina dejarnos en libertad
En el mismo auto resuelve otras alegaciones formuladas por estas defensas en los escritos presentados el lunes y martes. Entre otros, apuntaban a la vulneración de derechos de los procesados por el incidente en el traslado, cuando un agente de la guardia civil grabó un vídeo desde el interior de una furgoneta y lo colgó a las redes mofándose de los manifestantes y los presos. El Ministerio del Interior ya lo ha suspendido de funciones mientras investiga el suceso.
Las defensas pedían que para evitar «tratos inhumanos o degradantes en los traslados» se dejara en libertad a los presos mientras dure el juicio para garantizar su «derecho a la dignidad». El tribunal también rechaza esta petición y recuerda que ya pidió al Ministerio del Interior en su día (cuándo pidió que le trasladaran a los presos alrededor del día 5) que se tenía que formular «con respeto a la dignidad de los procesados».
Los magistrados también recuerdan que el incidente del vídeo ya se está investigando en Interior. «Es un hecho notorio que las posibles responsabilidad que puedan haberse derivado de los hechos que se denuncian están siendo depurados por el Ministerio del Interior», argumenta al auto Manuel Marchena. Por lo tanto, el tribunal entiende que este asunto se tiene que dirimir en esta instancia y que las alegaciones delante del Supremo «no son pertinentes». Además, añade que los supuestos por los quehay nueve acusados en prisión preventiva «se mantienen intactos y no pueden ser neutralizado por un episodio sucedido durante un traslado».
También se refiere a la supuesta vulneración al derecho a la presunción de inocencia alegada por el letrado de Sànchez, Rull y Turull por unas declaraciones de la secretaria de Estado responsable de la campaña 'Espanya Global', Irene Lozano. La secretaria de Estado afirmó en una entrevista en la BBC que los acusados «habían cometido delitos penales», sin añadir «supuestamente». El tribunal remarca que este tema se podrá tratar durante el juicio.