Política
El Gobierno presentará alegaciones a la orden de la JEC de retirar en 48 horas los lazos amarillos
El equipo de asesoría y el gabinete de Presidencia de la Generalitat estudian los antecedentes de una demanda «ridícula»
La consellera de Presidència, Elsa Artadi, ha adelantado que el Gobierno «seguramente» presentará alegaciones a la orden de la Junta Electoral Central (JEC) de retirar en 48 horas los lazos amarillos de los edificios de la Generalitat. Así lo ha explicado la también portavoz del ejecutivo durante un acto de la precampaña de JxCat para las elecciones de Barcelona delante del MNAC, este martes al mediodía. Artadi ha calificado la demanda de la JEC «ridícula» porque «sólo quiere interferir en la libertad de expresión». El equipo de asesoría y el gabinete de Presidencia del Gobierno estudian los antecedentes de la orden de la Junta Electoral. Artadi y el presidente, Quim Torra, se reunirán esta tarde para abordar la situación, según ha explicado la consellera.
Así, el Gobierno ya analiza la decisión de la JEC de ordenar a Torra la retirada en 48 horas de los lazos amarillos y esteladas en edificios dependientes de la Generalitat. La Junta Electoral considera que estos símbolos son «partidistas» y que son utilizados por formaciones que contribuyen a las elecciones españolas del 28-A. De este manera, este el lunes por la noche la Junta Electoral Central respondió una demanda de Cs. Una de las primeras acciones que hizo Tuesta cuando llegó a la presidencia fue colgar en la fachada del Palau de la Generalitat una pancarta con un lazo amarillo en que se lee: 'Llibertat presos polítics i exiliats'. El Gobierno tiene la posibilidad de interponer un recurso contencioso-administrativo al Supremo.
El escrito de la JEC ordena la retirada de los lazos amarillos al considerar que «se ha utilizado para recordar dirigentes o candidatos que pertenecen a formaciones políticas que se encuentran en situación de prisión preventiva». Con respecto a la estelada, la JEC argumenta que «también se utiliza como símbolo de determinadas formaciones políticas».
«Los dos son símbolos que pueden ser legítimamente utilizados por estas formaciones políticas en su propaganda electoral, pero no por los poderes públicos que tienen que mantener una rigurosa neutralidad política», concluye el escrito.