Diari Més

El tribunal rechaza como pruebas de la fiscalía atestados «valorativos» de la Guardia Civil y recopilaciones de prensa

Los magistrados dejan fuera de la documental diligencias policiales de la instrucción

Plan general del tribunal del juicio del 1-O, el 21 de marzo del 2019.

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El Tribunal Supremo ha rechazado como pruebas aportadas por la fiscalía atestados «valorativos» de la Guardia Civil y también recopilaciones de noticias de prensa. Lo ha hecho atendiendo las alegaciones de las defensas. El presidente del tribunal, Manuel Marchena, ha detallado que quedan fuera, por ejemplo, documentos con «apreciaciones valorativas» sobre la agenda 'Moleskine' decomisada a Josep Maria Jové, un informe de la Guardia Civil sobre el documento 'Enfocats', otro sobre los 'escraches' que se habrían hecho a policías desplazados a Cataluña para el 1-O o diversos sobre la actuación de los CDR. Sobre 'Enfocats' o la agenda, ha indicado que sí se acepta la traducción literal del documento pero no los informes policiales con comentarios. «Nos interesa el contenido pero la valoración de otras personas en la sala no le puede condicionar», ha manifestado. El tribunal también deja fuera de recopilaciones de noticias y atestados y diligencias policiales que se han hecho durante la instrucción.

Entre las pruebas de la fiscalía que el tribunal no valorará hay un informe sobre personalidades políticas que asistieron el 20 de septiembre a la conselleria de Economia. «Son informes valorativos que no pueden sustituir la aportación que podrían haber ofrecido en la sala los que suscriben el informe, que podrían venir como testigos,» ha reflexionado Marchena, reconociendo que algunos sí habían sido citados como tales.

También rechaza informes sobre como se preparaban los CDR o como se configuraban y varias recopilaciones de noticias, como una sobre la «prohibición de atracar en Palamós un ferri que alojaba policías». «Todas las noticias con valoraciones son excluidas», ha dicho. En esta línea, el tribunal acepta la «literalidad» de los mensajes de diferentes acusados como prueba pero no las noticias donde se hacen mención a estos tuits. En relación en los talleres de 'En Peu de Pau' sí se incluye la prueba sobre «talleres y materiales» pero no las recopilaciones de prensa relacionadas.

Acepta íntegra la prueba de la abogacía del Estado

En cambio, el tribunal ha rechazado las alegaciones de las defensas sobre la prueba documental de la abogacía del Estado y la ha aceptado íntegramente. La mayoría de defensas argumentaron que había que dejarla fuera porque no estaban incluidas en los escritos de acusación, sino que la abogacía del Estado lo había detallado más tarde con el juicio ya empezado. Marchena ha afirmado que la sala no entiende que la abogacía del Estado haya propuesto «ahora» las pruebas documentales, sino que en su momento hizo una «aportación genérica» que ahora ha «ordenado» siguiendo las indicaciones del tribunal.

La fiscalía no renuncia a las pruebas que no lee

Por otra parte, el tribunal del 1-O ha avalado la posición de la fiscalía y ha descartado dar por renunciados aquellos documentos que no mencionó expresamente durante la sesión de este lunes. Durante la sesión, la fiscalía hizo referencia a algunos documentos, pero no expresamente a todos los que ha incluido en sus escritos. La fiscal dejó claro después de su intervención que, aunque no los había enumerado, eso no quería decir que renunciara a incorporarlos, pero la mayoría de defensas rechazaron dar una «segunda oportunidad» al ministerio público por »rescatar documentos».

Marchena considera que este «error» por parte de la fiscalía a la hora de entender cómo tenía que proceder en la fase documental no se puede entender como la renuncia a los documentos, y ha remarcado que en el código civil «la renuncia tiene que ser expresa». «No tendría sentido que entendamos renunciada la prueba cuando el titular reivindica la vigencia de la propuesta», ha asegurado.

Por eso, cree que el hecho de no leer toda la documental no quiere decir que se dé por «reproducida» sino que las partes aceptaron que no se leyera toda y que se daban por «conocidos» y que, por lo tanto, el «principio de contradicción» se ha producido.

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