Baños y Reguant recorren en el Supremo la multa por negarse a responder a Vox
Los exdiputados de la CUP alegan que la ley impide que un testigo sea obligado a declarar sobre preguntas cuyas respuestas le puedan «perjudicar moralmente»
Los exdiputados de la CUP Antonio Baños y Eulàlia Reguant han presentado ante el Tribunal Supremo un recurso de alzada contra la decisión del tribunal de confirmarles la multa de 2.500 euros por haberse negado a responder a la acusación popular ejercida por Vox, que los había citado a declarar como testigos en el juicio del 1-O. La sala les impuso una multa de 2.500 euros para cada uno y acordó remitir el caso al juzgado de guardia de Madrid para depurar posibles «responsabilidades penales». En sus recursos, Baños y Reguant apelan a un artículo de la ley de enjuiciamiento criminal según el cual se impide que un testigo sea obligado a declarar sobre preguntas la respuestas de las cuales pueden perjudicarlo moralmente.
La defensa de Baños argumenta que «se han infringido claramente las normas procesales» en la manera como se impuso la multa después del día de la declaración del exdiputado de la CUP, el 27 de febrero, pero también añade que él «siempre ha accedido a declarar y nunca ha expresado su negativa a hacerlo». En este sentido, remarcan su «plena disposición» a responder a la fiscalía y la abogacía del Estado, aunque no a Vox, que es quien lo había propuesto como testigo. Durante el juicio, el presidente del tribunal, Manuel Marchena, los avisó de que, como testigos, estaban obligados a responder a todas las partes.
«Difícilmente puede calificarse la actuación del testigo como una negativa a declarar cuándo este expuso que a lo que se oponía no era a lo que se le pudiera preguntar, sino a quien le pretendía preguntar», argumentan, «y por motivos claramente expresados y amparados en el ejercicio de los derechos a la libertad ideológica y de conciencia». De hecho, remarcan que se trata de «preservar» su «integridad ideológica ante quien entiende que ha instrumentalizado y aprovechado su intervención en el proceso judicial con finalidades de proselitismo y propaganda política». Además, recuerdan que Baños fue diputado de la CUP, con un ideario «totalmente antagónico» al de Vox.
Por su parte, la defensa de Eulàlia Reguant también alega «cuestiones de forma» para recurrir la decisión del Supremo, pero también «razones de fondo». En este sentido, remarca que la exdiputada «nunca se negó a contestar a las preguntas del tribunal» y que «habría estado dispuesta a responder a todas las preguntas formuladas por el presidente de la sala», siguiendo así la fórmula que planteó Baños y que pasaba para que el tribunal hiciera de intermediario para no responder directamente a Vox.
La defensa de Reguant asegura su representada «nunca se ha negado a prestar declaración» y que tampoco se trata de «negarse a colaborar» con la administración de justicia, y apela como Baños al artículo 418 de la Ley de enjuiciamiento criminal según el cual no se puede obligar a un testigo a declarar sobre preguntas la respuesta de las cuales le puedan perjudicar «moralmente y de una manera directa e importante».