Diari Més

Vivienda

La Generalitat modifica las prestaciones de urgencia para favorecer el acceso a la vivienda y evitar desahucios

Se ha incrementado la ayuda anual hasta un máximo de 4.350 euros para atender las situaciones de pérdida de vivienda

Imagen de la calle Marquès de Montoliu.

La Semana Santa cierra con dos robos en pisos de la zona de Marquès de MontoliuCristina Aguilar

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El Govern, a través de la Agència de l'Habitatge de Catalunya, ha modificado las condiciones para acceder a las prestaciones económicas de especial urgencia y favorecer así el acceso a la vivienda y evitar desahucios. De esta manera, se amplían los límites de las rentas de alquiler y se añaden nuevos supuestos para mujeres en situación de violencia de género y para los casos que se han resuelto favorablemente desde las mesas de emergencias. En concreto, se ha incrementado la ayuda anual hasta un máximo de 4.350 euros para atender las situaciones de pérdida de vivienda, y se ha establecido la posibilidad de renovar hasta un máximo de 24 meses más la prestación complementaria para poder dar continuidad al pago de alquiler y a la prestación para situaciones de pérdida de la vivienda.

El DOGC ha publicado las condiciones para acceder a las prestaciones económicas de especial urgencia para afrontar situaciones de emergencia en el ámbito de la vivienda y el procedimiento para concederlas. Esta línea prevé varios supuestos de especial urgencia en los cuales las familias pueden necesitar acogerse puntualmente para hacer frente a deudas derivadas del impago de cuotas de la hipoteca; deudas por impago del alquiler, y también para atender a las familias que ya han sido desahuciadas por falta de pago; por expiración del plazo legal o contractual; o ejecución hipotecaria o por dación en pago.

En el caso de haber perdido la vivienda, se han ampliado los supuestos a las mujeres en situación de violencia de género y a los casos valorados positivamente por las mesas de emergencias y que esté a la espera de un realojamiento.

Con respecto a los requisitos generales para tener derecho a estas prestaciones, se mantienen los límites de los importes de las cuotas de amortización de hipotecas (900 euros en Barcelona ciudad, 800 en la demarcación de Barcelona, 600 en la demarcación de Tarragona, 550 en la de Lleida y 500 en las Terres de l'Ebre), y se han ampliado los límites de los importes de las rentas de alquiler para poder atender un mayor número de familias.

Por otra parte, se ha incrementado la ayuda anual hasta un máximo de 4.350 euros para atender las situaciones de pérdida de la vivienda. Por último, también se ha establecido la posibilidad de renovar hasta un máximo de 2 años más la prestación complementaria para poder dar continuidad al pago del alquiler y a la prestación para situaciones de pérdida de la vivienda y se explicita el procedimiento de intermediación que lleva a cabo la Agència de l'Habitatge con la finalidad de llegar a un acuerdo que permita a la familia mantenerse en su vivienda.

Las personas interesadas en solicitar estas prestaciones se tienen que dirigir a las Oficines Locals d'Habitatge de su municipio o de su Consell Comarcal.

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