Judicial
El juzgado desestima la suspensión del tercer grado para Forcadell y Bassa
El juez de vigilancia penitenciaria dice que no se puede suspender cautelarmente antes del recurso de apelación al Supremo
El juzgado de vigilancia penitenciaria número 1 de Cataluña ha desestimado la suspensión cautelar del tercer grado otorgado a Carme Forcadell y Dolors Bassa que había pedido la fiscalía. Según los autos del magistrado, la ley sólo prevé la suspensión cautelar cuando se presenta el recurso de apelación ante el tribunal sentenciador, no antes, en el recurso de alzaen el juzgado de vigilancia penitenciaria contra la resolución administrativa de la Generalitat. Por eso, da diez días a las afectadas para que presenten alegaciones al recurso de la fiscalía. Este argumento es elmismo que utilizó el abogado de Jordi Sànchez para oponerse a la suspensión del tercer grado acordada por el juzgado de vigilancia número 5.
Por otra parte, el mismo juzgado ha rechazado pronunciarse sobre la aplicación del artículo 100.2 del reglamento penitenciario en Bassa, ya que la situación ya está superada por la concesión del tercer grado.