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Cataluña

El TSJC autoriza la prohibición de hacer reuniones sociales de más de seis personas

Quedan fuera de actividades religiosas, docentes, extraescolares y culturales

Un grupo de personas se saludan en la calle con mascarillas.

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El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha autorizado la prohibición de hacer reuniones sociales de más de seis personas aprobada por el Gobierno. Quedan fuera de esta prohibición las actividades religiosas, los transportes, las actividades docentes, las de ocio infantil y juvenil (extraescolares), las de intervención sociosanitaria y las culturales. Las bibliotecas, museos y monumentos quedarán abiertos cumpliendo con su plan sectorial. Las actividades lúdicas, deportivas, los parques de atracciones e infantiles también seguirán abiertos y tendrán que seguir las recomendaciones. Esta limitación tampoco se aplica al derecho a la manifestación.

El tribunal argumenta que la ratificación que se pide no tiene por objeto nuevas medidas de limitación de actividad o desplazamiento de las personas o prestación de servicios, sino la «prórroga y modificación» de medidas ya adoptadas.

En concreto, «se acentúa o intensifica» una restricción que ya se aplica, y que está «argumentada y justificada» por informes que informan de que la mayoría de los brotes y de los casos se producen en el ámbito familiar y social, el 61,6% de los brotes activos y más del 50% de los casos. En el informe anterior, del 9 de septiembre, eran el 47,5% de los brotes y el 37% de los casos, apunta la resolución judicial.

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