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El TJUE rechaza la petición de medidas cautelares de Junqueras por su escaño en la Eurocámara

El alto tribunal desestima el recurso del líder de ERC contra la negativa del TGUE a conceder el escaño cautelarmente

Oriol Junqueras saliente de la prisión de Lledoners, este martes por la mañana.

Junqueras sale por primera vez de la prisión para ir a trabajar en aplicación del artículo 100.2ACN

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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha rechazado la petición de medidas cautelares del líder de ERC Oriol Junqueras por su escaño en la Eurocámara. En concreto, el alto tribunal con sede en Luxemburgo ha desestimado el recurso que presentó Junqueras contra la negativa del Tribunal General de la UE a concederle el escaño cautelarmente. El TJUE justifica el rechazo de las cautelares porque a primera vista cree que no le corresponde a la Eurocámara decir si es correcto la anulación del mandato como eurodiputado por parte del Tribunal Supremo. «El Parlamento Europeo no era competente para poner en cuestión la regularidad de la vacante del escaño por la anulación del mandato porque esta institución simplemente fue informada de la situación», dice la decisión.

El Parlamento Europeo asumió la decisión de inhabilitar a Junqueras del Tribunal Suprem, que considera que la inmunidad reconocida por el TJUE «no impedía ni el juicio ni el dictado de la sentencia que tenía que poner fin al proceso penal» por el caso del 1-O. Su presidente David Sassoli, declaró vacante el escaño en enero. Entonces, la defensa del líder de ERC demandó a la Eurocámara ante el Tribunal General de UE por este hecho y, en paralelo, reclamó medidas cautelares.

Este tribunal europeo en primera instancia rechazó las cautelares y ahora la máxima instancia judicial en la UE también ha desestimado el segundo recurso.

Argumentos del TJUE

Como encargada de los recursos sobre cautelares, la vicepresidenta del TJUE y magistrada española, Rosario Silva de Lapuerta, ha denegado devolver el escaño cautelarmente a Junqueras porque considera que la anulación del mandato es una decisión «exclusivamente» de las autoridades españolas y que la Eurocámara no tiene nada que decir.

El TJUE argumenta que la cámara europea estaba «obligada a tomar nota» de la decisión del Supremo y que no tenía ningún poder para devolver el escaño a Junqueras, ya que no podía cuestionar la aplicación del derecho europeo por parte de los tribunales españoles.

«No le correspondía a esta institución controlar la regularidad del procedimiento (...) respecto al derecho de la Unión Europea», defiende Lapuerta. Además, asegura que, incluso en caso que se esté vulnerando la decisión europea que reconocía la inmunidad de Junqueras durante el proceso judicial del 1-O, no se le puede «retraer» a la Eurocámara haber infringido el derecho europeo aceptante la retirada del escaño porque no tenía margen de maniobra.

El TJUE recuerda a Junqueras que si quiere hacer valer sus derechos por el escaño europeo, tiene que recurrir el caso enEspaña. De hecho, el líder de ERC está pendiente del recurso de súplica ante el Supremo.

Por este procedimiento de cautelares, el TJUE ha condenado a Junqueras a pagar sus costas y las del Parlamento Europeo, mientras que España, presente en el caso, tendrá que pagar sus costas.

A pesar de la denegación de cautelares, el Tribunal General de la UE todavía tiene pendiente resolver sobre el fondo del caso, que también podrá ser impugnado ante el TJUE.

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