Política
Aprobado el decreto que reduce al 50% el alquiler de los negocios cerrados por la pandemia
La normativa también prevé rebajas para los sectores con restricciones y pretende evitar la judicialización
El decreto prevé que, en el caso de la restauración, el hecho de ofrecer servicio a domicilio o recogida no se tenga en cuenta para acceder a la rebaja del alquiler. A efectos prácticos, por lo tanto, la administración considerará que el negocio está cerrado y que puede acogerse, también, a la rebaja del 50%.
El decreto ley favorece el acuerdo entre inquilino y propietario y, al mismo tiempo, impide que la negociación dilate la rebaja de las cuotas, ya que se establece el plazo de un mes para la aplicación automática de la disminución del precio. El Gobierno considera que eso evita una «judicialización masiva de la rebaja de los alquileres»que congestionaría los tribunales y, además, no serviría para ayudar a los negocios a tiempo.
Rebus sic stantibus
La regulación se basa en la cláusula rebus sic stantibus, que prevé que si un hecho extraordinario, imprevisible y sobrevenido altera el equilibrio de un contrato se puede apelar a la modificación de los términos del acuerdo.
El Gobierno basa el decreto en su competencia exclusiva en derecho civil, ya que en Cataluña sólo se aplica el derecho civil español subsidiariamente, es decir, en aquellos supuestos que no están previstos por el código catalán ni ninguna ley aprobada por el Parlament.
Todas las leyes del ámbito del derecho civil se aprueban a partir de las propuestas hechas por la Comisión de Codificación, que está formada por expertos juristas, como académicos, notarios, registradores y abogados de reconocido prestigio. La presidenta de este órgano colegiado y paritario es la consellera de Justícia Ester Capilla y el vicepresidente Pere Aragonès es el director general de Derecho y de Entidades Jurídicas.