Absolución Trapero
Ni De los Cobos ni Enfocats han podido probar la connivencia de Trapero con el 1-O
Son las principales pruebas que esgrimió la Fiscalía para acusar al Mayor de favorecer el proceso independentista
Ni el testimonio del coronel Diego Pérez de los Cobos, coordinador del operativo policial del 1-O, ni la llamada hoja de ruta del «procés», el documento Enfocats, ni la agenda del que fuera número 2 de Oriol Junqueras, han servido para demostrar la presunta connivencia del mayor de los Mossos Josep Lluis Trapero con los líderes independentistas y la celebración del 1-O.
Se trata de las principales pruebas, además de las recabadas sobre la actuación de los Mossos en esas fechas, que esgrimió la Fiscalía para acusar a Trapero de favorecer el proceso independentista desde la jefatura de los Mossos.
Ahora la Audiencia Nacional concluye que ninguna de ellas «ofrece elementos de incriminación para afirmar la participación de los coacusados Sr. Trapero, Sra. Laplana, Sr. Soler y Sr. Puig en un acuerdo de esta naturaleza».
Respecto del testimonio de Pérez de los Cobos, la sentencia por la que los cuatro han resultado absueltos recuerda que en el juicio «vino a sostener que había una complicidad entre el Sr. Trapero y los responsables del proceso separatista».
Dijo que fue una percepción que tuvo en la reunión de la Junta de Seguridad del 28 de septiembre cuando el Mayor intervino «en los mismos términos que el President», al referirse a la frase del auto en la que la magistrada del TSJC «mencionaba que no debería afectarse a la convivencia ciudadana».
Para la Sala, no deja de ser «una percepción personal» del testigo, «un juicio de carácter provisional», que lo que pone de manifiesto es «su debilidad para sustentar un hecho como la existencia de un acuerdo, explícito o implícito, del Major con el President del Govern respecto a la celebración del referéndum».
Una impresión que quedó desacreditada, añade, con el testimonio, de un testigo «de excepción de aquella reunión, el Sr. Puigserver Martínez, Secretario General Técnico del Ministerio de Interior».
«No percibí, dijo, que el Major se manifestara en línea con el President, no hizo gestos que permitieran inferir tal posicionamiento», rememora la sentencia, que añade además que el acta de la Junta de Seguridad, «en cuya redacción intervino el Sr. Pérez de los Cobos como secretario», tampoco corrobora esa opinión.
«Se recoge en ella que el Major puso de manifiesto que los cuerpos policiales tienen como misión cumplir la ley y las órdenes de las autoridades judiciales y deben hacerlo conforme a los principios de actuación legalmente establecidos», precisa.
«Es por ello que la percepción del testigo no añade valor alguno a la prueba de cargo», zanja la sentencia.
Sobre Enfocats, señala que no hay en todo el documento «cita alguna al Major ni mención a los Mossos d'Esquadra, tampoco se le atribuía papel alguno en el procés a este cuerpo policial. Ausencia que se puede predicar respecto a los otros tres acusados».
Tampoco hay mención a Trapero en la agenda intervenida al segundo del exvicepresidente Oriol Junqueras, Josep María Jové, «aunque en aquellas fechas ostentaba ya la jefatura operativa del cuerpo de Policía autonómica, como Comissari en Cap», ni tampoco a los otros tres acusados.
Solo hay una anotación de junio de 2016 en la que se plantea el papel que jugarían ciertos actores, «apareciendo como dudoso el rol de los Mossos d'Esquadra», y, en agosto, otro apunte se pregunta: «¿a quién obedecerá la policía?».
Esto significa que se consideraba «incierto e impredecible en aquel momento, verano de 2016, qué haría la jefatura del cuerpo policial ante el proceso de independencia» y destaca que en otra anotación se registra la opinión de «MHP» -atribuible al presidente Puigdemont por el tratamiento de Molt Honorable- que dice: «los Mossos harán siempre lo que les digan los jueces. No se darán órdenes del Departamento de Interior».
«En conclusión, los dos documentos, lejos de acreditar la conexión entre Trapero y los que promovían la independencia y la celebración del referéndum, son un contraindicio. No se menciona en ellos la intervención del jefe de los Mossos d'Esquadra y se duda de que el cuerpo pueda apoyar el proceso independentista», destaca la Sala.