Economía
Aprobado el decreto ley que reduce al 50% el alquiler de los negocios cerrados por la pandemia
Capella destaca que la normativa permite repartir igualitariamente las consecuencias negativas derivadas de la covid-19
Por otra parte, Lucas Ferro (CatECP) ha apostado por reforzar más los servicios de mediación, y Maria Sirvent (CUP) ha encontrado «insuficiente» el texto, porque sólo se contemplan las situaciones de cierre: «¿Qué pasa con una agencia de viajes o una tienda de 'souvenirs'?, ha preguntado.
¿Qué dice la ley?
El decreto reduce al 50% el alquiler de los negocios cerrados durante el periodo de suspensión de la actividad en caso de que no haya acuerdo entre propietario y arrendatario. La norma pretende evitar el cierre de empresas y la destrucción de puestos de trabajo y potenciar la negociación entre las partes para no judicializar la cuestión.
Los inquilinos de bares, restaurantes, centros de estética o bingos podrán renegociar con los propietarios para establecer, de mutuo acuerdo, una rebaja de las mensualidades o acogerse, en el plazo de un mes, a la rebaja del 50% si no hay pacto. En el caso de los negocios con restricciones parciales, si hay falta de acuerdo la rebaja será del 50% de la parte restringida.
Eso quiere decir que, en caso de un negocio que tiene que reducir a la mitad el aforo, el arrendatario tendrá que pagar todo el alquiler de la parte que puede utilizar y la mitad de la parte restringida. Es decir, que el propietario acabará ingresando el 75% del precio del alquiler habitual. La medida se podrá aplicar en sectores con aforo u horarios parcialmente restringidos como teatros, comercios, tiendas de 24 horas y hoteles.
El decreto prevé que, en el caso de la restauración, el hecho de ofrecer servicio a domicilio o recogida no se tenga en cuenta para acceder a la rebaja del alquiler. A efectos prácticos, por lo tanto, la administración considerará que el negocio está cerrado y que puede acogerse, también, a la rebaja del 50%.
El decreto ley favorece el acuerdo entre inquilino y propietario y, al mismo tiempo, impide que la negociación dilate la rebaja de las cuotas, ya que se establece el plazo de un mes por la aplicación automática de la disminución del precio. El Govern considera que eso evita una «judicialización masiva de la rebaja de los alquileres» que congestionaría los tribunales y, además, no serviría para ayudar a los negocios a tiempo.
'Rebus sic stantibus'
La regulación se basa en la cláusula 'rebus sic stantibus', que prevé que si un hecho extraordinario, imprevisible y sobrevenido altera el equilibrio de un contrato se puede apelar a la modificación de los términos del acuerdo.
El Govern basa el decreto en su competencia exclusiva en derecho civil, ya que en Cataluña sólo se aplica el derecho civil español subsidiariamente, es decir, en aquellos supuestos que no están previstos por el código catalán ni ninguna ley aprobada por el Parlamento.
Todas las leyes del ámbito del derecho civil se aprueban a partir de las propuestas hechas por la Comisión de Codificación, que está formada para|por expertos juristas, como académicos, notarios, registradores y abogados de reconocido prestigio. La presidenta de este órgano colegiado y paritario es Capilla, y el vicepresidente con funciones de presidente, Pere Aragonès, es el director general de Derecho y de Entidades Jurídicas.