Enseñanza
El TSJC fija un mínimo del 25% de la enseñanza en castellano en Cataluña
El tribunal dice que el uso actual es «residual» y que hay que impartir otra materia además de la de lengua castellana
El tribunal constata que corresponde fijar un uso vehicular mínimo de las lenguas oficiales que «permitan enderezar la actual situación contraria al ordenamiento», y fija el mínimo en el 25%, lo que implica hacer una asignatura troncal en castellano al margen de la propia de lengua castellana.
El Ministerio también reclamaba que se modificaran los impresos de preinscripción escolar para que los padres tuvieran acreditado que el castellano sería vehicular en todos los cursos. La sala desestima este petición porque considera que con el porcentaje mínimo del 25% ya se estaría cumpliendo el uso de las dos lenguas. Además, remarca que el principio de no discriminación de los alumnos en razón de la lengua establecido en el Estatuto impone un sistema de una única línea bilingüe, un sistema que «excluye por su propia naturaleza la libertad de opción por parte de los usuarios». Así pues, el hecho de que las inscripciones no incluyan la opción de lengua vehicular no puede ser considerado ilegal.