Las prisiones catalanas vuelven a proponer el tercer grado para los presos del 1-O
El secretario de Medidas Penales recuerda que ya ha pasado medio año desde la anterior concesión revocada por el Supremo
Las juntas de tratamiento de las prisiones de Lledoners, Puig de les Basses y Wad-Ras han vuelto a informar favorablemente de la concesión del tercer grado penitenciario a los nueve políticos independentistas encarcelados por el Tribunal Supremo. El secretario de Medidas Penales, Amand Calderó, ha dicho que los seis meses transcurridos desde la concesión del semilibertad, revocado por el Supremo el diciembre pasado, afianzan todavía más el tercer grado, ya que, además, todos ya han pasado la cuarta parte de la pena o están a punto de hacerlo. Las juntas lo han propuesto por unanimidad en el caso de Jordi Sànchez, Jordi Cuixart y Dolors Bassa, y por mayoría en el caso del resto de encarcelados.
Las tres juntas se han reunido a las 9 de la mañana de este jueves de forma simultánea.Calderóha recordado que el tercer grado fue propuesto por las juntas de tratamiento, por unanimidad, por primera vez el 2 de julio y confirmado por el servicio de clasificación el 14 de julio, decisión que posteriormente ratificaron los jueces de vigilancia penitenciaria. A principios de diciembre el Supremo revocó este tercer grado concedido en verano. PeroCalderóha dicho que estos seis meses transcurridos van a favor de los presos, porque suponen más tiempo de cumplimiento de la condena, entre 1.029 y 1.169 días, alrededor de tres años. Cuatro de ellos ya han superado la cuarta parte de la condena: Sànchez, Cuixart, Forn y Rull. El resto lo hará antes del 11 de febrero.
Por eso, sin haber leído las resoluciones de las juntas,Calderóha dicho que los técnicos han tenido en cuenta tanto la resolución del Supremo que pedía más tiempo de cumplimiento de la condena, como el hecho que la ley penitenciaria establece que ningún preso puede seguir en un grado inferior al que se merece. Según él, los técnicos actuarían de forma irregular si mantuvieran los presos en segundo grado, y cree que los criterios del Supremo de diciembre se basan en la situación de julio, no la de ahora.
Sobre la propuesta del Supremo de establecer programas de tratamiento específico por el delito de sedición,Calderóha dicho que esto es competencia de las juntas de tratamiento, y que no existe un tratamiento para cada delito, pero todos los presos tienen un programa individualizado.
Las juntas de tratamiento están compuestas por más de 10 profesionales. Son juristas, psicólogos, trabajadores y educadores sociales, médicos y maestros. Para formular su propuesta, estos equipos estudian y evalúan los informes elaborados por los equipos de los módulos de la prisión, que están en contacto diario con las personas internas.
Además de los años de la pena, las juntas de tratamiento tienen en cuenta otros factores como la conducta y el nivel de adaptación de las personas penadas en el centro penitenciario, las condiciones de sus redes sociales y familiares, la capacidad de reinserción laboral, si tienen o no antecedentes penales, el riesgo de reincidencia, el tiempo cumplido en prisión preventiva y como penado, los argumentos de la anterior clasificación, el logro de los objetivos marcados en la clasificación inicial y, finalmente, el régimen de vida más adecuado para la consecución de los nuevos objetivos.
Plazo máximo de dos meses para la resolución
Ahora, las juntas de tratamiento de cada prisión trasladarán sus propuestas al Servicio de Clasificación de la Secretaría de Medidas Penales, Reinserción y Atención a la Víctima. A partir de hoy, se abre un nuevo periodo máximo de dos meses para que este servicio estudie el conjunto de las propuestas, para garantizar que los diferentes centros penitenciarios se han pronunciado con criterios homogéneos. El Servicio de Clasificación las resolverá después de confirmar la coherencia entre las decisiones de las tres juntas de tratamiento que las han formulado. Tal como establece la ley, una vez resueltas, las clasificaciones se tendrán que revisar otra vez en un plazo máximo de medio año.
Cuando el Servicio de Clasificación haya resuelto las clasificaciones, las notificará a las personas afectadas y a la fiscalía. Las resoluciones se podrán recurrer ante el juzgado de vigilancia penitenciaria correspondiente, que a pesar de avalar el tercer grado lo podría suspender mientras no se pronuncie el Supremo, como ya pasó en verano en el caso de los presos de Lledoners. La decisión de este juzgado también se podrá recorrer, en última instancia, ante el tribunal sentenciador, que es el Tribunal Supremo.