¿Qué se puede hacer y qué no desde hoy en Cataluña?
Se pasa a un confinamiento comarcal y la restauración abrirá dos horas más, una para el turno de almuerzos y la otra para el de comidas
Las nuevas medidas restrictivas frente a la covid-19 en Cataluña han entrado en vigor hoy y estarán vigentes, en principio, hasta el 21 de febrero, e incluyen, entre otras cosas, un confinamiento comarcal, en vez de municipal, y una hora más de apertura para dar desayunos y comidas en bares y restaurantes.
Estas son las restricciones vigentes desde hoy en Cataluña, que incluyen el mantenimiento del toque de queda nocturno y el confinamiento del territorio catalán, según la resolución de los Departamentos de Salud y de Interior que publicó el DOGC el pasado sábado:
Actividades sociales
Limitación a 6 personas de, como máximo, dos burbujas de convivencia.
No obstante, las reuniones y/o encuentros familiares y de carácter social que tengan lugar en espacios cerrados, incluyendo los domicilios, se recomienda que se restrinjan en lo posible y se limiten a visitas a personas con dependencia o en situación de vulnerabilidad y que sean siempre de la misma burbuja de convivencia.
Movilidad
Territorio de Cataluña: restringida la entrada y salida sin motivo justificado. La movilidad laboral solo se permite cuando no se puede teletrabajar.
Comarca: restringida la movilidad toda la semana, excepto por motivos justificados, como la imposibilidad de teletrabajar. Permitida la movilidad en el ámbito escolar sin pernoctación.
Toque de queda
Confinamiento nocturno. No se puede circular por la calle desde las 22.00 horas a las 06.00 horas, excepto por causas justificadas.
Empresas
Se debe hacer teletrabajo, excepto cuando no sea posible.
Suspensión de congresos, convenciones, ferias y actividades asimilables.
Hostelería
Terrazas: abiertas con una distancia mínima señalizada de 2 metros entre comensales de mesas o agrupaciones de tablas diferentes. Limitación de 4 comensales por mesa o agrupaciones de mesa, excepto que se trate de grupos burbuja.
Se puede dispensar para consumir en la terraza de 07.30 a 10.30 horas de 13.00 a 16.30 horas. Resto de horario, para recogida en establecimiento o entrega a domicilio.
Interiores: abiertos con el 30 % del aforo, con buena ventilación natural o forzada y con una distancia mínima de 2 metros entre comensales de mesas o agrupaciones de tablas diferentes. Limitación de 4 comensales por mesa o agrupaciones de mesa, excepto que se trate de grupos burbuja. De 07.30 a 10.30 horas y de 13.00 a 16.30 horas. Resto de horario, para recogida en establecimiento o entrega a domicilio.
Actividades culturales
Abiertos: cines, teatros, auditorios y salas de conciertos, con un 50 % del aforo y un máximo de 500 personas, o de 1.000 si la ventilación es óptima. También abiertos museos, bibliotecas y salas de exposición el 50 % del aforo.
Suspensión de las actividades fuera de la programación habitual de los establecimientos culturales.
Comercio y centros comerciales
Abiertos con un 30 % del aforo el pequeño comercio y centros comerciales de menos de 400 m2 y mercados no sedentarios. Fines de semana cerrados, excepto establecimientos dedicados a la venta de productos y servicios esenciales.
Suspensión de la apertura de centros y recintos comerciales y de establecimientos y centros comerciales con superficie de venta mayor de 400 m2, excepto establecimientos que venden productos de primera necesidad y librerías.
Deporte
Instalaciones y equipamientos deportivos al aire libre abiertos con un aforo máximo del 50 %, control de acceso y un máximo de 6 personas.
Instalaciones y equipamientos de interior: aforo del 30 %, limitación a 6 personas y uso de mascarilla en actividades grupales.
Reanudación de las competiciones que dan acceso a categorías estatales.
Actividades recreativas
Abiertos: parques infantiles hasta las 20.00 horas, con un aforo del 50 %.
Cerrados: espacios infantiles lúdicos interiores, fiestas mayores, bingos, casinos y salas de juego.
Universidades y escuelas
Universidades: docencia teórica en formato virtual, excepto el primer curso.
Bachillerato, ciclos formativos y enseñanzas de régimen general regladas, incluidas escuelas de música y danza autorizadas. Reducción de la actividad presencial.
ESO, primaria e infantil: presencialidad plena.
Actividades extraescolares: abiertas las actividades extraescolares y deportivas que se lleven a cabo en los centros educativos con los grupos estables de convivencia de las actividades lectivas.