La JEC obliga a las Juntas de Zona a responder todas las excusas antes del 14-F
El órgano electoral recuerda que pueden recurrir a los secretarios municipales
Lo motiva por el hecho que la LOREG obliga a responder las excusas en un plazo de cinco días con una resolución que tendrá que ser motivada, pero aunque no lo haga en este plazo la legislación establece que tiene que acabar resolviendo igualmente.
En este sentido la JEC advierte que si no se produce esta respuesta, legalmente se puede interpretar que la falta de respuesta deriva en «el reconocimiento de una situación jurídica de exención de la obligación de formar parte» de la mesa donde la persona haya sido designada.
Por este motivo pide a las juntas de zona que independientemente del hecho de que se hayan superado los cinco días que marca la ley adopten resoluciones motivadas sobre todas las excusas antes del 14-F.