Los síndicos electorales del 1-O dicen que no llegaron a ejercer el cargo en ningún momento
Sólo recibieron una llamada para nombrarlos y en una reunión en el Parlament los instaron a no hacer ninguna gestión
No llegaron a tomar posesión formal de los cargo ni hicieron nada más y tampoco recibieron ninguna instrucción posterior.
En cambio recibieron un requerimiento del TC donde les decía que dejaran de hacer cualquier acto a favor del referéndum. El segundo requerimiento les advertía que los multarían con 6.000 euros diarios si no renunciaban formalmente al cargo, cosa que todos hicieron. En una tercera notificación, mucho tiempo más tarde, les confirmaron que no se les multaría. Sin embargo, no todas las notificaciones fueron comunicadas formalmente a los 15 síndicos.
Vulneración de derechos
La fiscalía pide para los cinco exsíndicos electorales de Cataluña nuevos meses de prisión por desobediencia grave a la autoridad y a dos años más por usurpación de funciones públicas. Alternativamente, el fiscal propone condenarlos por el delito de desobediencia a resoluciones judiciales a una pena de multa de 5.400 euros y un año de inhabilitación para supervisar procesos electorales.
Antes de los testimonios, el abogado de los síndicos, Ramon Setó ha presentado varias cuestiones previas, alegando que las multas coercitivas del TC y la querella de la fiscalía suponen perseguir dos veces los mismos hechos, vulnerando el principio llamadonon bis in idem. Según Setó, esta causa judicial, vulnera la jurisprudencia y los tratados internacionales, así como la libertad de conciencia y de creación científica. Según él, los cinco síndicos electorales aceptaron los cargos no por su ideología independentista ni por una decisión política, sino por su cualificación profesional. «Pusieron su pericia al servicio de la sociedad y querían enriquecerse profesionalmente con una experiencia de gran relevancia europea», ha dicho.
La fiscalía se ha opuesto a estas alegaciones, diciendo que sólo se los juzga por desobedecer una resolución del TC, como quien conduce con el carné retirado o rompe una orden de alejamiento. Además, ha asegurado que el TC ya resolvió que sus multas coercitivas no impiden perseguirlos penalmente. Sobre la libertad académica, ha recordado que todos han podido seguir ejerciendo su trabajo. La magistrada ha dado la razón en la fiscalía.