Vivienda
La Generalitat empezará a multar por pisos con alquileres fuera de mercado
Se considera una infracción grave el establecimiento de una renta superior en un 20% a la marcada por el índice de referencia
La Generalitat ha anunciado este miércoles que empezará a sancionar a los propietarios de viviendas que las tengan alquiladas a precios por encima del estipulado por el índice de referencia de Cataluña.
Las sanciones, que pueden ir de los 3.000 a los 90.000 euros, se pondrán en marcha después de que el departamento de Territori i Sostenibilitat haya finalizado la primera fase de detección de contratos de alquiler que no se ajustan a la ley de contención de rentas, y de encontrar 30 contratos con irregularidades.
En un comunicado, esta conselleria ha apuntado que, entre estos 30, abundan las irregularidades por no haber hecho constar en el contrato el índice de referencia de precios, lo cual impide confrontar las rentas; no haber individualizado los gastos que se incluyen en el alquiler; o no haber detallado las características que justificarían la superación de la renta establecida por el índice.
La Agència de l'Habitatge de Catalunya, que depende de Territori, se pondrá en contacto con los ayuntamientos donde se han firmado estos contratos para darles diez días para decidir si quieren ejercer la potestad sancionadora y, en el caso de no hacerlo, la Generalitat asumirá esta competencia.
Los municipios a los cuales se informará de esta posibilidad son los de Manresa (Bages), Sant Boi de Llobregat (Baix Llobregat), Sabadell (Vallès Occidental), Barcelona, Badalona (Barcelonès), Terrassa, Santa Coloma de Gramenet, Sant Adrià de Besòs, Vic (Osona), Rubí, Sant Feliu de Guíxols (Baix Empordà), Lérida (Segrià), el Vendrell, Reus y Tarragona.
El departamento que dirige Damià Calvet ha subrayado que el control del cumplimiento de la norma sobre alquileres corresponde a los ayuntamientos, aunque, si ellos renuncian, la Generalitat puede incoar un expediente de manera subsidiaria, según la ley de derecho a la vivienda.
El Institut Català del Sòl (INCASÒL), también dependiendo de Territori, ha facilitado a la Agència de l'Habitatge los datos sobre las fianzas de los contratos de alquiler, donde se especifican estos precios.
La ley del derecho en la vivienda considera una infracción grave, sancionable con una multa de entre 9.000 y 90.000 euros, el establecimiento de una renta de alquiler superior en un 20% a la marcada por el índice de referencia.
Si el alquiler supera el precio establecido en menos del 20%, la infracción es leve y merecería una multa de entre 3.000 y 9.000 euros.
Otro motivo para infracciones leves serían no adjuntar al contrato o no facilitar el documento que genera el sistema de indexación de los precios de alquiler, con la información relativa al valor del índice que corresponde a una vivienda análoga.
El índice de referencia de precios de alquiler se puede consultar telemáticamente o consultarlo a la web de la Agència de l'Habitatge a través de la cédula de habitabilidad.