El Procicat valida el procedimiento para reactivar los cruceros este verano
Tendrán que tener planes de salud y contingencia y el aval previo de la Secretaría de Salut Pública
Las navieras tendrán que exponer la actividad que realizará el crucero, informando del itinerario detallado (indicando las fechas y los puertos del litoral catalán dónde se realizarán escalas), del programa de actividades de los pasajeros y de las características del propio barco (capacidad máxima de pasajeros y tripulantes autorizada y número máximo de pasajeros y tripulantes con quienes pretende operar en Cataluña).
Además, tendrá que presentar un plan de salud para la prevención y mitigación de riesgos sanitarios derivados de la covid-19, en qué se describirán los medios sanitarios con qué contará el barco y la capacidad de diagnóstico a bordo mediante tipo de pruebas diagnósticas de infección activa.
Este plan también establecerá los aforos previstos según espacios, lugares y servicios, comunes o no (camarotes), los elementos de señalización e información a los usuarios y a la tripulación sobre medidas a seguir, las medidas de higiene en el barco, los planes de limpieza, desinfección y ventilación y los circuitos para minimizar contactos entre tripulación y pasajeros.
Finalmente, el agente crucerista tendrá que presentar una declaración responsable en que se indique el centro sanitario concertado por la naviera para atender pacientes en el desembarque y para la derivación de casos sospechosos para su confirmación diagnóstica; un plan de alojamiento concertado para pacientes asintomáticos o que no requieran ingreso hospitalario; un plan de alojamiento para los contactos estrechos que tengan que pasar cuarentena en caso necesario, antes de la vuelta a su domicilio o en el barco, así como el seguro contratado para cubrir todos los gastos que se originan en los centros concertados, tanto sanitarios, como alojamientos.