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La patronal del ocio nocturno lleva al TSJC la prórroga de restricciones

A juicio de esta organización, «la Generalitat se ha acomodado en la aprobación de restricciones desproporcionadas y arbitrarias»

Un DJ poniendo música en un bar musical.

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La patronal del ocio nocturno Fecasarm ha interpuesto un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) contra la resolución del Govern que prorroga las restricciones en vigor para frenar el avance del virus, y ha pedido la «suspensión urgente» de esta resolución.

En un comunicado, Fecasarm ha informado de que ha presentado este recurso antes de conocerse la decisión del TSJC de rechazar la nueva propuesta de la Generalitat para aplicar el toque de queda en Barcelona y otros 61 municipios de más de 20.0000 habitantes, al considerar que sería «innecesario y desproporcionado» por la reducción de contagios.

Este último fallo del TSJC hace que el recurso presentado por Fecasarm «todavía tenga más fuerza», según ha defendido esta patronal.

A juicio de esta organización, «la Generalitat se ha acomodado en la aprobación de restricciones desproporcionadas y arbitrarias, trasladando el trabajo a los tribunales, pensando que los juzgados le solventarán los problemas de orden público, cuando este trabajo le corresponde a ella ideando medidas alternativas».

Fecasarm afirma que se ha visto «obligada» a presentar este recurso ante la Justicia «tras las lamentables imágenes que se han visto este pasado fin de semana, con cientos de botellones e incidentes en Cataluña, después de que la Generalitat no reaccionara a tiempo ni correctamente ante la denegación del toque de queda en 129 municipios».

En concreto, Fecasarm reclama al TSJC que donde haya una incidencia acumulada a siete días (IA7) inferior a 250 casos por cada 100.000 habitantes se permita a la restauración abrir hasta las 1.00 horas y a las «actividades recreativas musicales» mantener las puertas abiertas hasta las 3.30 horas, «con 30 minutos para desalojar en ambos casos».

«A nuestro criterio, las medidas prorrogadas son contrarias a la Ley de Salud Pública de Cataluña dado que son desproporcionadas, arbitrarias y no se han acordado teniendo en cuenta la menor afectación a los derechos de las personas ni se han ajustado territorialmente al mínimo ámbito geográfico necesario para su efectividad», expone esta patronal.

En el mismo recurso, Fecasarm pide que a modo de «medida cauteralísima» el TSJC suspenda la prórroga del cierre de espacios interiores en locales como discotecas y que, al tiempo, obligue a la administración autonómica a modificar el plan sectorial de estas actividades.

Y es que, según ha repetido Fecasarm, debería dejarse entrar en estos locales solo a quienes presenten un test negativo, tengan la pauta completa de vacunación o hayan superado la enfermedad entre 3 y 6 meses antes, todo ello respetando «el derecho a la intimidad de las personas y a la protección de datos».

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