Judicial
La justicia no permite a VOX instrumentalizar la violación de Igualada
El juez rechaza admitir el partido ultraderechista como acusación en el caso
El juez que investiga la brutal violación de una menor de Igualada (Anoia) ha rechazado la petición de VOX de personarse como acusación popular, al no ver ninguna conexión entre la causa y el partido, que además no ha justificado ni argumentado cuál es su interés en este procedimiento.
Así lo ha acordado en un auto el titular del juzgado de instrucción número 4 de Igualada, que por el contrario la semana pasada sí que aceptó como acusación popular a la discoteca Èpic, donde salió de fiesta el 1 de noviembre pasado la menor que después fue violada en un polígono industrial, a la vez que decidió mantener a la patronal del ocio nocturno FECASARM.
En el caso de VOX, el juez considera en su auto, que se puede recurrir, que el partido «no da ninguna explicación acerca del fin o el interés que persigue personándose en la causa» y tampoco aprecia «ninguna conexión» entre el partido político y este procedimiento.
Según el juez, VOX no ha justificado «ningún interés» para personarse en la causa, más allá de mencionar el artículo 125 de la Constitución y el 110 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, lo que permite concluir que «es una petición carente de argumentos».
Además, el juez remarca que el Código Penal establece, en relación con los delitos contra la libertad sexual, que se tendrán que «ponderar intereses» a la hora admitir a las acusaciones populares, como ocurre con la investigación sobre esta agresión sexual a una menor, en la que en la causa hay datos «especialmente sensibles», ante lo que ve «prudente» examinar las peticiones para personarse.