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Absuelto un excargo del PP catalán por maltratos a su mujer, también dirigente popular

La magistrada no ve demostrado que Alberto Fernández Santiveri agrediera e insultara a la presidenta de NNGG

La Ciudad de la Justicia.

Localizan a la anciana que había sido raptada por su hijo en unos trámites en la Ciudad de la JusticiaWikipedia

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Un juzgado de lo penal de Barcelona ha absuelto al exvicesecretario de comunicación del PP catalán Alberto Fernández Saltiveri del delito de maltrato en el ámbito familiar, coacciones e injurias leves contra su exmujer, la líder del PP en Sant Adrià del Besos y líder de Nuevas Generaciones, Irene Pardo, cuando convivieron juntos. Los dos mantuvieron una relación sentimental de abril del 2015 a diciembre del 2018 y convivieron en el piso de él en Barcelona desde octubre del 2017. La mujer denunció que desde enero del 2018 hasta julio del 2019 el hombre la agredió, insultó y maltrató en al menos cinco ocasiones, pero la magistrada no ve bastantes pruebas y absuelve a Fernández Saltiveri, según ha adelantado 'El Periódico'.

Al juicio, que se celebró el abril pasado, Pardo se ratificó en los hechos por los cuales decidió llevar a su exmarido a los tribunales y por los cuales la fiscalía le pedía hasta tres años de prisión. El episodio más grave habría pasado en julio del 2019, cuando estando ya separados, Pardo relata que la golpeó con un casco de moto y la empujó contra la puerta el día que fue a recoger sus pertenencias al domicilio donde habían convivido. La mujer aportó un parte médico de lesiones durante el juicio. Sin embargo, según la sentencia, la jueza considera que las versiones son «contradictorias», destaca que en el momento de los hechos la pareja ya estaba «en trámites de separación», que los informes médicos no son «claros ni concluyentes», que la versión de la denunciante «no es constante» y que los testigos tienen todos «un interés» o son de «referencia».

Pardo también denunció otros episodios de maltrato, entre ellos uno en que supuestamente «la cogió por el pelo y la arrastró varios metros» y otros que no llegaron a acabar en agresión, como la de enero del 2018, cuando asegura que la obligó a estar dos horas en el rellano en pijama después de una discusión doméstica o la de septiembre del mismo año, cuando le tiró al suelo la comida de unas fiambreras y la cerró para obligarlo a limpiarlo.

La jueza defiende que no hay informe médico de esta supuesta agresión y que, en los otros episodios, los «testigos son de referencia» y que no hay «elementos objetivos que aclaren» los hechos.

La versión que siempre mantuvo al acusado es que lo que pretendía Pardo era sacar el máximo beneficio posible del proceso de divorcio y sacar rédito para la carrera política. Una versión que compra la magistrada, que considera que «los dos tienen intereses a su carrera política» y asegura que la denuncia y el proceso judicial «afecta y tiene trascendencia» para la «imagen pública, social y profesional» del acusado. La sentencia también asegura que «hay motivos de celos entre los dos miembros de la pareja» porque «en el momento en qué se impone la denuncia, y meses antes» los dos tenían «relaciones efectivas paralelas con otras personas ajenas al matrimonio sin contar con el consentimiento del otro».

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