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Aragonès propone un referéndum vía el artículo 92 de la Constitución

El Institut d'Estudis de l'Autogovern plantea una pregunta binaria en una consulta pactada con el Estado

El director de l'Institut d'Estudis d'Autogovern, Joan Ridao, amb el president de la Generalitat, Pere Aragonès.

El director del Institut d'Estudis d'Autogovern, Joan Ridao, con el presidente de la Generalitat, Pere Aragonès.ACN

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El presidente de la Generalitat, Pere Aragonès, ha hecho público este martes el informe que el Institut d'Estudis de l'Autogovern (IEA) ha elaborado sobre la convocatoria de un referéndum de autodeterminación en Cataluña. El documento, que Aragonès ha presentado al Consejo Ejecutivo, propone que la consulta sea pactada con el Estado y que se convoque mediante el artículo 92 de la Constitución, ya que se trata de una decisión política de trascendencia especial. El referéndum se tendría que circunscribir a Cataluña y tendría la siguiente pregunta: «¿Queréis que Cataluña sea un Estado independiente?».

En una comparecencia en el Palau Centelles, sede del IEA, Aragonès ha dado a conocer el contenido del informe a la prensa y ha defendido que es «sólido» y «una herramienta para volver a abrir camino». «No estamos ante un imposible», ha dicho el presidente, que ha subrayado que el artículo 92 de la Constitución «permite que se pueda celebrar directamente el referéndum sin ningún tipo de modificación legislativa».

Aunque ha insistido en que no es la única vía que permitiría celebrar la consulta, ha añadido que el documento conocido este martes «puede ser de gran utilidad para afrontar la nueva etapa de las negociaciones con el Estado». Se plantea una pregunta binaria y «inequívocamente clara» en una consulta sin un mínimo de participación previsto.

El hecho que no se marque un mínimo de participación para dar validez a la votación ni que se establezca la mayoría necesaria para aplicar el resultado difiere de la ponencia política de ERC aprobada por el Consejo Nacional el mes de enero, que se inspiraba en la vía montenegrina con un 50% de participación mínima y al menos el 55% de votos favorables a la independencia. El informe, pero, avisa que «establecer un cuórum de participación puede impulsar la abstención de los opositores para evitar el triunfo de los partidarios del proyecto consultado», por lo que lo desaconseja.

Referéndum «a la escocesa»

El Consejo Académico para el Acuerdo de Claridad entregó el pasado 16 de octubre su informe a Aragonès, que encargó uno nuevo al Instituto de Estudios del Autogobierno para que concretara los instrumentos jurídicos para poder celebrar un referéndum a partir de las consideraciones del primer documento y cuáles características tendría que tener la consulta.

En aquella ocasión, el presidente ya defendió que su apuesta pasaba por un «referéndum a la escocesa». Es decir, una consulta limitada en el territorio que se tendría que independizar – participarían las personas con derecho a votar en el Parlament de Catalunya– amparada en la legislación vigente y con el acuerdo del Estado. Aragonés ha asegurado que en el estado español «votar sobre la independencia es posible en el actual marco legislativo y solo es cuestión de voluntad política».

El mismo informe, pero, reconoce que las peticiones de las instituciones de Cataluña a las del estado español para llevar a cabo un referéndum han recibido «reiteradas negativas» tanto del Congreso de los Diputados como del gobierno de turno, pero hace énfasis en la necesidad de conseguirlo puesto que «la carencia de un acuerdo político con las instituciones del Estado no han permitido la celebración de una consulta con plenas garantías para el despliegue de sus efectos» hasta hoy.

Si se sigue lo que dispone el artículo 92 de la Constitución, el referéndum lo convocaría el presidente del gobierno español con previa autorización del Congreso de los Diputados. Según el documento presentado este martes, podría celebrarse únicamente en Cataluña puesto que hay «indeterminación constitucional» sobre este aspecto. Otras vías para celebrar la consulta podrían ser una reforma de la Ley Orgánica sobre regulación de las diferentes modalidades de referéndum o bien la delegación de las funciones para autorizar referéndums por medio del artículo 150.2 de la Constitución.

Comparecencia impugnada

El PPC ha denunciado ante la Junta Electoral la comparecencia de Aragonés de este martes al considerarla electoralista y un uso partidista de las instituciones. Los populares ya se quejaron sábado al árbitro electoral que el candidato de ERC a las elecciones del 12 de mayo está haciendo «partidismo» desde las cuentas oficiales del Gobierno en las redes sociales.

Aragonés no ha hablado de esta denuncia pero sí de la situación preelectoral en que se encuentra Cataluña y ha reconocido que «altera» el camino hacia el referéndum pero se ha comprometido a «continuar el proceso de negociación con una propuesta concreta, viable y sólida» a partir del 13 de mayo.

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