Judicial
El TC anula la ley sobre el impuesto de la plusvalía
Los magistrados consideran que no se puede obligar en el pago si no ha habido incremento real del precio del terreno
El pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha anulado varios puntos de la ley reguladora de las haciendas locales del 2004. El tribunal considera que estos apartados ahora anulados establecen un método objetivo de determinación de la base imponible del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, el impuesto de la plusvalía, que determina que siempre ha existido aumento en el valor de los terrenos durante el periodo de la imposición, con independencia que haya existido este incremento y de la cuantía real de este incremento. La decisión declara la intangibilidad de las situaciones firmes existentes antes de la fecha de la aprobación de la sentencia.
La sentencia cuenta con el voto particular concurrente del presidente del TC, Juan José González Rivas, y los votos discrepantes del magistrado Cándido Conde-Pumpido y de la magistrada María Luisa Balaguer. La decisión llega a raíz de la cuestión de inconstitucionalidad presentada por la sala contenciosa-administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, con sede en Málaga.