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El TC suspende la tramitación de la reforma judicial del gobierno de Sánchez incluida en el Código Penal

Los magistrados comunican al Senado la suspensión de los artículos impugnados por el PP

Imagen exterior del Tribunal Constitucional.

El TC suspende cautelarmente la moción del Parlamento que ratifica los objetivos políticos del 9-NACN

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El Tribunal Constitucional (TC) ha acordado este lunes por seis votos a cinco admitir las medidas cautelarísimas que pedía el PP y suspender la tramitación de la reforma judicial que forma parte de la del Código Penal. La decisión –adoptada con los votos de la mayoría conservadora- supone la paralización del trámite de la reforma al Senado, donde estaba previsto que se votara este jueves. El Constitucional consuma de esta manera el choque frontal con el poder legislativo fruto de un recurso de los populares para evitar un cambio en el sistema de elección de los magistrados del mismo TC que, de rebote, supondría una nueva mayoría progresista al TC.

El secretario del pleno del Tribunal Constitucional ha notificado la resolución al Senado. El escrito, sin embargo, no incorpora ninguna advertencia personal al presidente de la cámara alta, Ander Gil, para que detenga los debates y votaciones.

El TC paraliza la deliberación y votación de las dos disposiciones finales de la reforma del Código Penal que reformaban el sistema de votación del CGPJ y el funcionamiento del TC, y que se introdujeron como enmiendas durante la tramitación en el Congreso.

El TC ha emitido una nota informativa donde explica la decisión. Asegura que los magistrados entienden que la supuesta vulneración de derechos fundamentales que denuncia el PP «no carece de verosimilitud». También apunta que han actuado de acuerdo en la doctrina constitucional que marca que las enmiendas introducidas a una ley tienen que mantener una «relación de homogeneidad» con el contenido de la norma.

Además, sostiene que la cuestión que plantea el recurso del PP «tiene una especial trascendencia constitucional» porque la cuestión «trasciende más allá del caso concreto» y «plantea una cuestión jurídica de relevante y general repercusión social» que además tiene «consecuencias políticas generales».

Por este motivo el tribunal «ha estimado la solicitud de medidas cautelarísimas» formulada por el PP, y «en consecuencia», ha acordado «suspender cautelarmente» la tramitación parlamentaria de los preceptos que modifican la Ley Orgánica del Poder Judicial y la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional que se introdujeron a la reforma del Código Penal.

Cinco votos particulares

La misma nota informativa del TC yaavanza que los magistrados del sector progresista -Juan a Antonio Xiol, Cándido Conde-Pumpido, Ramón Sáez Valcárcel, Maria Luisa Balaguer e Immaculada Montalbán «han anunciado su intención de formular un voto particular».

La mayoría conservadora se impone

Los magistrados conservadores se han impuesto en una votación después de nueve horas de deliberaciones. A lo largo de la mañana han abierto la puerta al recurso del PP y han marcado un orden de deliberaciones que favorecía los intereses del partido de Alberto Núñez Feijóo. Primero han acordado por siete votos a cinco traspasar la cuestión de la Sección Segunda –donde hay mayoría progresista- al Pleno –de mayoría conservadora- y después han acordado por seis votos a cinco admitir a trámite el escrito.

También han rechazado en la práctica las recusaciones que el PSOE y Podemos habían planteado contra el presidente del TC, Pedro González-Trevijano, y contra el también conservador Antonio Narváez. Lo han hecho evitando la votación sobre esta cuestión dejando que los dos magistrados participaran del resto de decisiones. Finalmente han adoptado la decisión nuclear en esta cuestión: aceptar las medidas cautelarísimas que pedía el PP y dejar en suspenso la tramitación de la reforma judicial.

La suspensión de la tramitación de la reforma judicial abre incógnitas sobre la del conjunto del Código Penal, que incluye la derogación del delito de sedición y la reforma de la malversación. El Senado tiene previsto celebrar este martes a las 9 de la mañana la ponencia de la comisión de Justicia y posteriormente, en las 9.15, la misma comisión de Justicia donde se tenía que abordar la reforma. La previsión era someterla al pleno el jueves para activar ya el nuevo sistema de elección de magistrados.

El Senado tiene ahora varias opciones. El portavoz de Podemos, Pablo Echenique, ha pedido que en caso de que el TC suspendiera la norma –cómo ha pasado- la cámara alta mantenga igualmente el debate y votación del jueves que viene, hecho que les supondría un enfrentamiento directo con el TC. También podría suspender el conjunto de la tramitación de la reforma a la espera de una decisión definitiva del TC, o introducir enmiendas al texto de la reforma del Código Penal para eliminar las partes que hacen referencia a la reforma judicial suspendida.

Las enmiendas -que ahora forman parte del texto de la ley que se encuentra en el Senado- plantean una rebaja de la mayoría necesaria para que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) elija a los dos magistrados del TC que le corresponden. Hasta ahora hacían falta 3/5 partes de los vocales, un porcentaje que permite al PP mantener el bloqueo de la renovación, y con la reforma se elegirían simplemente los dos más votados. También eliminaban la capacidad del Tribunal Constitucional de considerar como no idóneos a los magistrados del TC designados por el gobierno español.

Todo a 24 horas de un nuevo pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que este martes podría descoyuntar parte de la situación. Los vocales tienen que votar a los dos candidatos (uno progresista y uno conservador) que tienen que ocupar sillas al Tribunal Constitucional. El sector conservador aprovecha que el sistema actual de designación todavía marca una mayoría de 3/5 para intentar que los progresistas acaben aceptando la sustitución de su candidato actual, José Manuel Bandrés, por el también progresista Pablo Lucas.

Si el CGPJ elige este martes sus dos miembros también quedarán nombrados los dos designados por el gobierno español, el exministro Juan Carlos Campo y Laura Díez. En este caso, el TC tendrá que celebrar en un plazo de uno o dos días un pleno gubernativo para constatar la idoneidad de los nuevos magistrados y proceder al relevo, hecho que consumaría también una nueva mayoría progresista.

Una resolución de nueve puntos

La parte dispositiva de la resolución del TC consta de ocho puntos. Además de habilitar el pleno del TC (punto 1) para adoptar decisiones y de admitir a trámite el recurso (punto 2), los magistrados emplazan a la presidenta del Congreso para que comparezca en el proceso en representación de la cámara baja en un plazo de 10 días «en calidad de parte demandada al procedimiento» (punto 3). Además, en este mismo punto, ordena que se comunique en la Fiscalía la admisión a trámite del recurso.

Los magistrados también tienen porpersonados al presidente del grupo de Podemos en el Congreso, Jaume Asens, el secretario general del grupo, Txema Guijarro, y los portavoces Pablo Echenique y Enrique Santiago. También la secretaria general del grupo del PSOE en el Congreso, Isaura Leal, a la senadora socialista Maria Fernández Álvarez, y el portavoz del PSOE en el Congreso, Felipe Sicília.

En todo caso asegura que todos ellos no disponen «en este momento procesal» de «legitimación para instar la recusación de los magistrados del Tribunal Constitucional», y por lo tanto «inadmite a trámite» sus recusaciones contra el presidente del TC Pedro González-Trevijano y el magistrado Antonio Narváez (punto 4).

Los magistrados también requieren «con carácter urgente» al Congreso, para que les envíe «en un plazo de diez días» certificaciones o fotocopias de las actuaciones sobre la ley (punto 5).

Y en esta línea, acuerdan «suspender cautelarmente la tramitación parlamentaria de los preceptos que modifican la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y la Ley Orgánica del Poder Judicial» introducidos a la reforma del Código Penal (punto 6). Son los preceptos que derivan de las dos enmiendas recurridas por el PP y que ahora se corresponden a las disposiciones transitorias cuartas y quintas y con la disposición final primero y segundo de la ley.

Además, los magistrados acuerdan «abrir una pieza separada» y conceder un plazo de diez días al Ministerio Fiscal y a las partes personadas para que hagan alegaciones (punto 7), y finalmente «notificar» la decisión al Congreso y al Senado (punto 8). El último punto, el 9, es la publicación del auto en el BOE.

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