Judicial
Las empresas no podrán revisar los correos de los trabajadores sin avisarlos
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha dado la razón a un rumano que había sido despedido para intercambiar mensajes con su hermano y su chica
El Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo ha ratificado este martes que las empresas puedan revisar el contenido de las comunicaciones de sus trabajadores durante el horario laboral, aunque siempre los tienen que avisar.
Cuando hablamos de comunicaciones estamos hablando de correos electrónicos, WhatsApp, Telegram o Facebook Messenger, siempre que se realicen desde aparatos de la compañía.
La decisión llega después de que el Tribunal haya amparado a un trabajador rumano, cuyo empleador espió sus mensajes privados de correo electrónico, rectificando, así, la sentencia de Sala del año pasado, que había dado la razón a Rumania y a la empresa.
Dan la razón por once votos a seis, ya que «no se ha respetado el derecho a la vida privada del rumano, así como su correspondencia». Este derecho está protegido por el artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos.
Rumania tendrá que abonar al demandante 1.365 euros para gastos y honorarios y no puede haber recurso ante la sentencia.
El demandante, Bogdan Mihai Barbulescu, de 36 años, trabajó entre el 2004 y el 2007 en una empresa privada como ingeniero de ventas. Sus superiores le pidieron abrir una cuenta de Yahoo Messenger para responder las demandas de los clientes y, la misma compañía, le informó el 13 de julio del 2007 de que las cuentas habían sido vigiladas entre el 5 y el 13 de julio.
Entre las comunicaciones espiadas, había transcripciones de mensajes con su hermano y su chica «sobre cuestiones personales de salud o sexuales». El 1 de agosto la empresa lo despidió y, en un principio, los tribunales rumanos rehusaron la queja de Barbulescu por violación de su correspondencia.