La Generalitat tendrá que indemnizar a una pareja por haberle retirado la custodia de los hijos erròneament
La medida se aplicó por un supuesto maltrato que varios informes desestimaron
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha condenado a la Generalitat a indemnizar con 300.000 euros a una pareja de Altafulla por haberle retirado la custodia de sus hijos. Los hechos se remontanal 2009 a raíz de un informe médico que alertaba de un posible maltrato físico por parte de los progenitores a su hijo, que tenía poco más de un mes de vida. La DGAIA y el Departamentode Bienestar Social y Familia retiraron la custodia a los padres, aunque informes posteriores rechazaron la acusación y atribuyeron las lesiones a las secuelas del parto, que se prolongó durante 16 horas en el Hospital de Santa Tecla de Tarragona. En septiembre del 2010 nació el segundo hijo de la pareja y, al día siguiente mismo del parto, la administración también lo retiró de los padres de forma preventiva.
El tribunal de sala contenciosa del TSJC ha resuelto que, si bien la intervención inicial de la administración fue correcta, se excedió en la prolongación y en el mantenimiento de las medidas. Todo eso, añade, después de las oportunas explicaciones médicas sobre el motivo de las lesiones, que se confirmó que eran ajenas al síndrome del «niño sacudido». En la sentencia, el tribunal ha concluido que «la Generalitat ignoró las sucesivas pruebas médicas y psicológicas concluyentes sobre la inexistencia de maltrato». Por este motivo, ha atendido las demandas de la familia y ha establecido que la Generalitat compense a los padres con 300.000 euros porlos daños morales producidos. Los denunciantes lamentan que estuvieron separados de sus hijos durante 25 y 17 meses, respectivamente, tiempo en que sólo pudieron mantener una hora de contacto a la semana.